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Insisten al CNE que reconozca personería jurídica a Colombia Humana

La Procuraduría interpuso un recurso de reposición en contra de la resolución que se las negó.

Insisten al CNE que reconozca personería jurídica a Colombia Humana

Insisten al CNE que reconozca personería jurídica a Colombia Humana(Colprensa)

Colombia

La Procuraduría decidió interponer un recurso de apelación contra la Resolución 2640 del 30 de agosto de 2018, con la que el Consejo Nacional Electoral, CNE, le negó la personería jurídica a Colombia Humana, pese, dice el Ministerio Público, a que cumplía con los requisitos establecidos en las Leyes 130 de 1994 y 1475 de 2011.

En el recurso cuestiona cada uno de los argumentos por los que se llegó a esa decisión. Por ejemplo, no comparte que se diga que el movimiento no participó en un certamen que elija el Congreso, pues aunque no lo hizo sí estuvo en las elecciones presidenciales con una considerable votación.

“En virtud del derecho a la oposición, las elecciones presidenciales que se llevan a cabo con posterioridad a la expedición del Acto Legislativo 02 de 2015 y la Ley 1909 de 2018, tienen efectos sobre la integración del Congreso de la República, y, por ello, deberá considerarse esta nueva situación para la correcta interpretación del artículo 108 de la Constitución Política”, señala.

Esto, más aún, porque quienes tengan la segunda votación más alta acceden automáticamente al Congreso.

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Señala la Procuraduría también que el movimiento con su candidato Gustavo Pedro superó el 3 % del umbral de las votaciones para Cámara de Representantes y Senado, pues en primera vuelta obtuvo 4.855.069 y en segunda 8.040.449 votos.

Dice que sobre los requisitos formales, el movimiento ya tuvo su asamblea fundacional el pasado 22 de septiembre. Y critica la interpretación de que porque tuvo el apoyo del Partido Mais a las presidenciales no puede recibir la personaría, pues el derecho a la participación política abre la puerta a hacer coaliciones.


Señala, “indica que su vínculo con esta agrupación obedece a la coalición, más no a la militancia; de ahí que, pretender impedir que los nuevos representantes al Congreso vayan a un partido al cual nunca han pertenecido, para que les sean reconocidos sus derechos, contradice la libertad de afiliación contenida por el propio artículo 107 de la Constitución Política”.

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