Economía

Pensión jubilación

Corte ordena reconocer pensión de una madre de 100 años

Su hijo falleció y el DNP le estaba negando su pensión.

Imagen de referencia

Imagen de referencia (Colprensa)

Colombia

La Corte Constitucional ordenó al Departamento Nacional de Planeación, DNP, reconocer la pensión de una mujer de 100 años, quien pidió que se le ampararan sus derechos a la vida digna y al mínimo vital porque se le negó la pensión que su hijo fallecido estaba recibiendo.

Según el DNP, la madre no debía recibir la pensión porque no había demostrado que ella tuviera una dependencia económica de él, pero contrario a la entidad la Corte comprobó que sí había una dependencia parcial. Concluyó entonces que se vulneraron sus derechos y ordenó reconocérsela, al menos hasta que se resuelva la dispuesta por esta pensión en la jurisdicción ordinaria laboral.

Esto último porque la cónyuge del hombre también pidió que le fuera reconocida la pensión, pero sobre la misma no opinó la Corte porque no habían suficientes pruebas que demostraran que pese a que no vivieron durante los últimos cinco años, se cumplieran con los requisitos exigidos por la jurisprudencia.

“El cónyuge, la compañera o el compañero permanente tiene derecho al reconocimiento de la pensión de sobrevivientes o sustitución pensional, aunque no haya convivido bajo el mismo techo con el causante, por una justa causa, mientras acredite que hasta el último momento permaneció el afecto, el auxilio mutuo, el apoyo económico y el acompañamiento  espiritual”, recordó el tribunal.

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