Fiscalía: No más necropsias por muerte natural
Junto con el Ministerio de Justicia firmaron un convenio para que médicos expidan certificados de defunción sin inspecciones judiciales.

Néstor Humberto Martínez. / Colprensa
De acuerdo con Medicina Legal en 2017 se practicaron 28.410 necropsias para determinar las causas de la muerte y más del 14 por ciento correspondieron a hechos naturales, algo que en criterio del fiscal general Néstor Humberto Martínez generó un desgaste de tiempo en materia de investigación y funcionarios.
Según Martínez la Fiscalía abrió 3.598 investigaciones por el posible delito de homicidio, la mayoría archivadas tras establecer que fueron muertes naturales o relacionadas a la salud.
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Por eso el Ministerio de Salud y la Fiscalía suscribieron una circular para garantizar que tras una muerte natural los médicos tratantes expidan los certificados de defunción sin necesidad de inspecciones judiciales.
Las necropsias o inspecciones judiciales se remitirán solo a cinco cosos puntales:
1. Homicidio o sospecha de homicidio.
2. Suicidio o sospecha de suicidio.
3. Cuando se requiera distinguir entre homicidio y suicidio.
4. Muerte accidental o sospecha de la misma.
5. Otras muertes en las cuales no exista claridad sobre su causa o la autopsia sea necesaria para coadyuvar a la identificación de un cadáver cuando medie la solicitud de una autoridad competente.
La Fiscalía planteó otras situaciones en las que se debe practicar de manera especial una autopsia médico legal:
1. Muertes ocurridas en personas bajo como aquellas privadas de la libertad.
2. Causadas por enfermedad profesional o accidente de trabajo.
3. Causada por la utilización de agentes químicos o biológicos, drogas, medicamentos, productos de uso doméstico y similar.
4. Menores de edad cuando se sospeche que la muerte ha sido causada por abandono o maltrato.
5. Muerte de gestantes o del producto de la concepción cuando haya sospecha de aborto espontáneo.
La Fiscalía y el Ministerio de Salud advierten que los médicos o entidades que incumplan las disposiciones de la circular se someten a sanciones y de ser necesario a investigaciones de carácter penal.
Además no pueden hacer cobros adicionales a familiares o acudientes de los fallecidos.

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