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CIDH ratifica que Gustavo Petro no tiene inhabilidad para ser candidato

La Comisión notificó al estado colombiano sobre el resultado del informe que llevan a cabo acerca del ex alcalde de Bogotá.

CIDH ratifica que Gustavo Petro no tiene inhabilidad para ser candidato

CIDH ratifica que Gustavo Petro no tiene inhabilidad para ser candidato(Colprensa/Archivo)

La Comisión Interamericana de Derechos humanos entregó a la Agencia de Defensa Jurídica del Estado el informe de fondo del caso de Gustavo Petro que fue aprobado por la CIDH en el Período de Sesiones que llevó a cabo en Uruguay del 23 al 27 de octubre de 2017.

Estas son unas recomendaciones que la organización le hace al gobierno de Colombia por el caso de destitución de Gustavo Petro cuando este era alcalde de Bogotá. Recomendaciones que incluyen los argumentos antes admitidos por la CIDH para otorgarle medidas cautelares cuando el exalcalde fue destituido. Entre estas están que la Procuraduría General no podría destituir personas que tengan cargos de elección popular.

Adicionalmente se le notificó a Gustavo Petro que el informe de fondo fue enviado al Estado. Sin embargo, los contenidos concretos de este no se conocen todavía y se entregarán al exalcalde la próxima semana.

“En esta etapa, un informe de fondo es confidencial. Por lo tanto, la CIDH no puede comentar absolutamente nada sobre sus contenidos y no habrá entrevistas sobre este asunto’, dijo María Isabel Rivero, jefe de prensa de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Cabe resaltar que en un informe de fondo, la CIDH determina si hubo o no hubo violaciones a los derechos humanos en el caso bajo estudio. Si la Comisión concluye que hubo violaciones, hace recomendaciones al Estado, contenidas en el mismo informe de fondo.

Estas recomendaciones pueden estar orientadas a reparar a las víctimas, hacer justicia, y/o adoptar medidas de no repetición para que no vuelva a ocurrir una violación similar. Las medidas de no repetición pueden ser reformas legislativas, reformas o adopción de políticas públicas, etc.

En relación con el procedimiento, lo que sigue después de adoptarse un informe de fondo y notificarlo al Estado es esperar que se cumpla el plazo dado al Estado para dar cumplimiento a las recomendaciones allí contenidas. El Estado puede pedir extensiones de ese plazo, y en la medida en que pueda mostrar que está avanzando en el cumplimiento, la CIDH puede otorgar extensiones de plazo todas las veces que considere pertinente.

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