Personas LGTBI pueden modificar varias veces sus nombres en la cédula
Las notarías no podrán negarse si ellos argumentan ser víctimas de burlas

(Colprensa/Archivo)

Colombia
Un llamado de atención hizo la Corte Constitucional a las notarías del país por negarse a que miembros de la comunidad LGTBI modifiquen varias veces sus nombres en los documentos de identidad si no se sienten conformes o si en su defecto son discriminados.
“En la legislación doméstica como internacional se prohíben las prácticas discriminatorias, específicamente por orientación sexual e identidad de género, inclusive, estableciendo al tiempo mecanismos judiciales para proteger a las víctimas contra cualquier acto de segregación”, señaló la Corte.
Indicó que no se puede privar a esa población del derecho al libre desarrollo de la personalidad pues si son víctimas de burlas en su familia y en el escenario laboral, es normal que pretendan cambiar su identidad.
“La población LGBTI constituye un grupo históricamente marginado por el Estado, la sociedad y la familia, en las distintas facetas y formas, de manera individual y colectiva, de manera expresa y sutil, en público y en privado, directa e indirectamente, consciente e inconscientemente” recordó.
El pronunciamiento lo hizo la corte al fallar una tutela a favor de una persona que quería cambiar su nombre por segunda vez luego de ser víctima de matoneo en su hogar y en su trabajo.
“Es preciso advertir que en el presente caso la parte actora está ante una evidente discriminación estructural social, familiar y laboral por razón de su identidad de género, puntualmente, al haber decidido expresarla con el cambio de nombre masculino a uno femenino” puntualizó.




