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Salud y bienestar

Gobierno deberá adoptar medidas para garantizar salud a habitantes de calle

La Corte Constitucional reprochó que el Estado omita sus funciones de protección frente a esa población vulnerable.

Colombia

Al fallar una tutela a favor de una señora de 33 años de edad que vive en la calle en condiciones de indigencia y que no cuenta con los servicios médicos para hacer atendida pese a que padece de tuberculosis la corte constitucional le solicitó al ministerio de salud que de celeridad a implementación y desarrollo de la Ley 1641 de 2013, para que culminen lo antes posible el proceso de socialización y formulación de la política pública para los habitantes de la calle.

Para la corte es reprochable que tanto el Estado como la población colombiana se hayan acostumbrado a ver “diariamente miles de ciudadanos de diversos orígenes, deambulando por las calles de los pueblos y ciudades sin rumbo fijo en medio de un entorno hostil y abrumador”.

Critica que pese a llevar “una vida de vicio, locura y delincuencia el Estado no ha adoptado una política social concreta” que los ayude a rehabilitarse socialmente.