El limbo de los delitos políticos en los conflictos internos en el mundo
Están dirigidos a la conquista del poder público y a la destrucción de un orden político concreto.


Entre estos delitos la rebelión, los atentados contra la autoridad y sus agentes, el terrorismo y la tenencia de armas y explosivos son los más cuestionables por el orden constitucional internacional y las legislaciones internas de la mayoría de los países
Hay que aclarar que en el caso colombiano, el Estatuto de Roma considera que el secuestro no puede ser visto como un delito político y el país como firmante no podría incumplir esta disposición, pues se enfrentaría a la Justicia Penal Internacional, mientras que la Convención contra el Tráfico de Drogas y Sustancias Psicotrópicas de 1988, en sus artículos 6º y 9º, dice explícitamente que el narcotráfico no podrá ser, bajo ninguna circunstancia, delito político o conexo
Sin embargo, este tipo de actos son los protagonistas en conflictos como el de Ucrania en donde lo que empezó con protestas de manifestantes prorrusos que hicieron caer el gobierno de Víctor Yanukovich por negarse a firmar un acuerdo con la Unión Europea, terminó con un movimiento separatista armado que se ha tomado varias regiones del oriente del país y que ha declarado independientes estas zonas
También está el caso de Siria en donde los desórdenes públicos, tipificados como delitos políticos, provenientes de las protestas contra el régimen de Bashar Al Assad que fueron duramente reprimidas, dieron pie a una guerra civil en donde la oposición se fue desmembrando en varios grupos tanto de moderados como extremistas que ahora secuestran, asesinan e incluso atentan contra la población civil haciendo uso de armas prohibidas como los gases químicos
A nivel internacional, especialmente en África y Asia, existen una multitud de conflictos internos en las que las partes incurren en delitos políticos como en Mali, República Centroafricana, Libia, Somalia y Sudán del Sur, entre otros. No obstante, Europa también ha tenido su cuota de debate al calificar los delitos y los ataques perpetrados por el grupo irlandés IRA y el vasco ETA, en el último caso España no tipifica como políticos los delitos en su Código Penal, aunque sí lo mencionan en los tratados de extradición con otros Estados, pero son tajantes al señalar que se excluyen los actos de terrorismo
La gran duda que se sitúa sobre la actuación de los grupos armados es hasta qué punto son delitos políticos las acciones que atentan contra población civil y en este debate cabe resaltar una definición que hace la constitución chilena en donde se señala que “no puede ser un delito que comete un individuo con un propósito principalmente egoísta, interesado, innoble, mezquino inhumano. Por el contrario, será político cuando en su comisión existe nobleza, desinterés, altruismo, ideal, fraternidad humana, generosidad como estado de alma”




