Magistrado que anularía reelección de Ordóñez se contradice en sus fallos
En 2012, Alberto Yepes dijo que servidores públicos tienen derecho a ser reelegidos así no esté en la Constitución.


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Sin embargo hace dos años, en el 2012, ese mismo magistrado presentó una ponencia en el caso de la reelección del rector de la Universidad de Cundinamarca Adolfo Miguel Polo y allí argumentó que para los servidores públicos, no es necesario que el ordenamiento jurídico establezca expresamente que la reelección procede
"Si la prohibición de la reelección no ha sido establecida ni por el Constituyente ni por el legislador para los cargos que se provean por voto popular o no, es porque el derecho fundamental a ser elegido se puede ejercer libremente (...) Es lo que sucede con cargos como el de Procurador General y Defensor del Pueblo", señaló en el 2012 el magistrado Yepes
Señala además la providencia de hace dos años que “como se trata de un derecho fundamental que en principio puede ejercerse plenamente, lo que sí procede, cuando se quiere delimitar el derecho a ser elegido en más de una ocasión, consecutiva o no, es fijar la prohibición expresamente, lo cual puede ocurrir en forma tajante, como cuando abiertamente se dice que el funcionario no podrá ser reelegido, o de manera relativa, como cuando se prohíbe la reelección para el periodo inmediatamente siguiente o cuando la reelección se permite una sola vez”. Tales argumentos dejan al descubierto una postura jurídica totalmente contraria por parte del magistrado, pues en la ponencia que será debatida por la Sección Quinta argumenta que es inconstitucional la reelección pues la constitución no la contempla
El fallo en el caso del Procurador Ordóñez se podría dar a conocer este lunes. La decisión sería adoptada por los magistrados Alberto Yepes, Lucy Janeht Bermúdez, Susana Buitrago y los conjueces Jaime Córdoba Triviño y Ricardo Hoyos.




