Policías no deben retirar de sitios públicos a gays que se dan cariño
La Corte amparó los derechos de un homosexual que fue víctima de trato injustificado cuando abrazaba a su pareja.
Al fallar una tutela la Corte Constitucional exhortó a la Policía para que no retiren o excluyan de lugares públicos a parejas homosexuales que se brinden afecto de manera mesurada
El pronunciamiento va dirigido a los agentes de la Policía Metropolitana de Barranquilla a quienes puntualmente la corporación les pide que en adelante se abstengan de retirar de los alrededores del coliseo cubierto de esa ciudad a las parejas del mismo sexo que realicen manifestaciones públicas de cariño
Al estudiar el caso, el alto tribunal explicó que si bien la Policía está facultada para intervenir cuando se trate de escenas con componente claramente sexual, esto no puede servir de excusa para atacar a las parejas gays que mesuradamente expresen su amor en público
“Si bien las personas con una orientación sexual diversa gozan de una protección acentuada por cuanto fácilmente pueden ver menguados sus derechos, lo cierto es que el Estado goza de una facultad legítima de interferir en el disfrute de tales derechos y, en ese sentido, puede restringirlos en tanto que sus expresiones degeneren en extralimitaciones o abusos que evidentemente atenten contra la convivencia y la organización social”, señala la Corte
La tutela fue radicada por un homosexual quien argumentaba que fue víctima de un trato injustificado por parte de la Fuerza Pública cuando se abrazaba con su pareja a las afueras del citado coliseo cubierto.




