Asistencia del presidente a actos de Partido está permitida: Mininterior
Según el procurador General de La República, Alejandro Ordóñez, Santos está violando la ley de garantías.
El ministro del Interior, Aurelio Iragorri Valencia dijo que el presidente sí puede asistir a las convenciones de los partidos políticos, esto en aplicación del “Artículo 6 de la Ley de Garantías Electorales”, entre otras posibilidades que le brindaría la norma
Más información
Y citó apartes de dicha legislación que dijo favorecerían en el caso del presidente Juan Manuel Santos Calderón. La citada norma dice a la letra:“Artículo 6o. Participación del Presidente y el Vicepresidente en los mecanismos de selección de candidatos de los partidos o movimientos políticos. El Presidente y el Vicepresidente de la República cuando aspiren a la elección presidencial, podrán participar en los mecanismos de selección de candidatos de los partidos o movimientos políticos
Cuando el Presidente o el Vicepresidente, respectivamente, se sometan a consultas populares, asambleas, congresos o convenciones de partidos o movimientos políticos, podrán realizar proselitismo político para dicha elección durante el (1) mes anterior a la realización del evento, si así lo decide. Durante el período de campaña, el Presidente o el Vicepresidente, respectivamente, quedará sujeto a las regulaciones que contempla la presente ley para los períodos de campaña presidencial”
La asistencia de Santos levantó una tormenta política que incluyó declaraciones por parte del procurador General de La República, Alejandro Ordóñez, quien se mostró contrario a este hecho.