Decreto de alcalde Petro solo podrá ser demandado ante el Tribunal Administrativo
Así lo explicó el exmagistrado de la Corte Constitucional Alfredo Beltrán teniendo en cuenta que el decreto para modificar el POT fue expedido directamente por el alcalde mayor.
“Ese decreto solo puede ser demandado ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca”, lo que lleva a descartar que la demanda llegue a la Corte Constitucional
Beltrán, dijo además que el mandatario de los bogotanos tiene la facultad de poner en vigencia dicho decreto siempre y cuando se verifique la manera cómo se tramitó ante el Concejo de Bogotá, es decir, si reúne o no los requisitos necesarios
“El problema está en revisar cómo fue el trámite previo a la expedición del decreto, pero en teoría hay posibilidad de que lo ponga en vigencia”, puntualizó




