Ciudadanos deben guardar compostura en espectáculos públicos: Corte
Así lo determinó la Corte Constitucional al fallar una demanda de inconstitucionalidad en contra de un artículo del decreto de 1970.


El artículo del decreto de 1970, establece que quienes asistan a eventos públicos deben ‘comportarse’ y ‘guardar compostura’
La demanda fue radicada por una ciudadana que consideraba que la norma, que se mantendrá vigente, vulneraba la libre expresión del ciudadano
Al respecto la corporación indicó que, “el derecho al libre desarrollo de la personalidad no es absoluto, ya que se encuentra sometido a algunas restricciones, particularmente las derivadas de la vida en comunidad, por cuanto la relación con otras personas genera ámbitos dentro de los cuales este derecho fundamental ostenta una eficacia más reducida”
De acuerdo con la Corte, “los límites fijados por la norma aseguran la convivencia ciudadana y al mismo tiempo someten a las autoridades públicas, las cuales deben velar por el orden requerido para el desarrollo adecuado de la vida en comunidad, dentro del respeto a los principios de proporcionalidad y razonabilidad. Cabe recordar que la Constitución prevé como deber respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios”




