Habrá licencia de maternidad para quienes adopten a menores de 18 años
La Corte Constitucional encontró una desigualdad en el código sustantivo de trabajo que solo reconocía la licencia de maternidad para adoptantes de menores de siete años.
La Corte Constitucional encontró una desigualdad en el código sustantivo de trabajo que solo reconocía la licencia de maternidad para adoptantes de menores de siete años y por tanto declaró inexequible esta normatividad. Ante esta situación la Corte determinó que quienes adopten y no tengan compañero permanente pueden gozar de la licencia cuando adopten a un menor de 18, sin que exista la limitante que había en la ley que el menor debía ser menor de 7 años. El alto tribunal dijo que en este caso la norma original incurría en discriminación




