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Depósitos bancarios inferiores a $8 millones 594 mil quedaron exentos del cuatro por mil

La DIAN expidió el tradicional "paquete tributario" de fin de año, estableció nuevos valores para la retención en la fuente e incrementó los depósitos exentos del cuatro por mil.

Depósitos bancarios inferiores a $8 millones 594 mil quedaron exentos del cuatro por mil

Depósitos bancarios inferiores a $8 millones 594 mil quedaron exentos del cuatro por mil

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales expidió el tradicional "paquete tributario" de fin de año; estableció nuevos valores para la retención en la fuente; incrementó los depósitos bancarios exentos del cuatro por mil y fijó el calendario para declarar y pagar los tributos

A partir del primero de enero próximo y por todo el 2010, no serán objeto de retención en la fuente los salarios de los trabajadores que mensualmente no superen los tres millones 463 mil pesos

Descontando los beneficios del 25 por ciento de la renta laboral exenta y los aportes obligatorios a salud y a pensiones, la base de la retención, que es el cobro anticipado de impuestos por ingresos originados en el trabajo, se iniciará progresivamente a partir de dos millones 332 mil 725 pesos al mes

La retención en la fuente se podrá disminuir por créditos de vivienda ó pagos relacionados con la salud prepagada, educación del trabajador, su cónyuge y hasta dos hijos

Cuando se inicie el próximo año, los depósitos en una cuenta corriente o de ahorro, previamente determinada por el titular, que no excedan al mes los ocho millones 594 mil pesos, estarán exentos del tributo bancario del cuatro por mil. El beneficio para el 2009 cobijaba depósitos hasta los ocho millones 317 mil pesos

En el paquete la DIAN fijó el calendario para declarar y pagar los impuestos del orden nacional. En el caso de la renta para las personas naturales, se iniciará el dos de agosto y concluye el 30 del mismo mes. Quienes no cumplan con la obligación en ese plazo o antes, serán sancionados económicamente

Están obligados a declarar y pagar el impuesto de renta por el periodo gravable del 2009, quienes durante el año hubiesen registrado un patrimonio bruto superior a los 106 millones 934 mil pesos o percibido ingresos brutos por 78 millones 418 mil pesos

También quienes hubiesen realizado consumos con tarjetas de crédito o compras en efectivo por 66 millones 536 mil pesos o efectuado consignaciones bancarias acumuladas en el año por más de cien millones 934 mil pesos

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