Padres no podrán vender bienes para evitar heredar a sus hijos extramatrimoniales
La Corte Constitucional advirtió a los jueces que no pueden avalar la venta de bienes que hagan padres de familia, para impedir heredar a sus hijos extramatrimoniales.
Por Rocío Franco MorenoLa Corte Constitucional advirtió a los jueces que no pueden avalar la venta de bienes que hagan padres de familia, para impedir heredar a sus hijos extramatrimonialesEl alto tribunal se pronunció en una tutela sobre el aval que le dio un juez al proceso de la venta simulada de un padre a su hijo, con el propósito de evitar que hijos fuera del matrimonio tuvieran derecho a dichas propiedades
La Corte encontró pruebas suficientes de que se realizó una simulación, para engañar y lesionar los derechos constitucionales y legales del hijo de la accionante, como heredero de su padre fallecido. Según la Corte, el Juez Tercero Promiscuo de Piedecuesta, Santander, sabía del daño que implicaba permitir que el padre, de común acuerdo con los demás miembros de la primera familia que conformó en su vida, adoptaran medidas para desconocer la parte que sobre los bienes del padre fallecido le corresponde por derecho al hijo de la accionante, hijo de su segunda familia. “Se trató de maniobras fraudulentas orientadas a dar un tratamiento discriminatorio a un niño frente a sus hermanos, en razón a su origen familiar”, dice la sentencia emitida con ponencia del magistrado Manuel José Cepeda
Dice la Corte además que, por excesivo rigor en la aplicación de una norma procesal, se puede incurrir en el desconocimiento de derechos fundamentales. Ante esta situación fue anulada la transacción comercial y el juez debe emitir otra sentencia
Para cualquier consulta es la sentencia T-1091 magistrado ponente Manuel José Cepeda




