Congreso a punto de aprobar ley que eleva de 3 a 5 días licencia remunerada por muerte de un familiar
En adelante, el trabajador que pierda un familiar cercano tendría derecho a una licencia por luto de cinco días hábiles remunerados y no de tres como rige actualmente.
En adelante, el trabajador que pierda un familiar cercano dentro del primer grado de consaguinidad y primero civil, tendrá derecho a una licencia por luto de cinco días hábiles remunerados y no de tres como rige actualmente. Así lo establece el proyecto de ley " licencia por luto" que será aprobado en ultimo debate el próximo martes por la plenaria del senado y pasaría a sanción presidencial, en una iniciativa que tuvo la autoria de la senadora cristiana ,Claudia Rodríguez de Castellanos y que reforma el articulo 57 del Código Sustantivo del trabajo. La nueva ley establece el derecho que tiene todo trabajador de gozar de una licencia remunerada durante los días de luto, por muerte de los hijos, padres, primero de afinidad, esposos, y primero civil, adoptantes y adoptivos. Según la norma, al trabajador por muerte de un familiar cercano se le concederán cinco días hábiles de luto y duelo, no solo para asistir a las honras fúnebres, sino que además, se le permite en compañía de sus familiares y amigos superar la depresión y tristeza que este acontecimiento genera. La Senadora Rodríguez dijo que con la aprobación de la ley no solo se busca el apoyo al trabajador en momentos de crisis, sino un beneficio para las empresas y los empleadores, toda vez que recibirán del personal beneficiado, mayor productividad y sentido de pertenencia, porque contaron con un tiempo mínimo para superar esta dolorosa situación.




