Hable con elPrograma

Selecciona tu emisora

PerfilDesconecta
Buscar noticias o podcast

La Corte pone "tatequieto" a las iglesias bulliciosas

La Corte Constitucional sentó hoy un precedente en el país contra las personas que se dedican a hacer ruido en los cultos religiosos en prejuicio de la tranquilidad de los vecinos

La Corte Constitucional sentó hoy un precedente en el país contra las personas que se dedican a hacer ruido en los cultos religiosos en prejuicio de la tranquilidad de los vecinos.
En Cartagena, el pastor, Johny Copete de la iglesia Nueva Jerusalén, fue condenado a 17 meses de prisión por desacatar una tutela que lo obligaba a moderar el ruido que emitían sus ceremonias.
El religioso fue denunciado por José Eljach, vecino de su iglesia en el barrio La Consolata, quien lo entuteló por violar sus derechos a la tranquilidad, ya que el exceso de volumen en las ceremonias religiosas perturbaba al vecindario.
La acción judicial le fue favorable y pese al llamado de atención del juzgado, cuarto penal del circuito de Cartagena, los escándalos no se suspendieron, por lo tanto, el tutelante promovió un incidente de desacato.
La Corte Constitucional consideró que el derecho al culto, no se discute, sino el comportamiento que conlleva un reproche de carácter penal, ya que los actos religiosos sobrepasaban los límites temporales que se habían señalando para su práctica.
La alta corporación consideró que hubo un fraude a la resolución judicial que no se cumplió, lo que es sancionable con pena privativa de la libertad.
Caracol Radio quiso conocer la opinión del pastor, pero en su despacho dijeron que está fuera del país.

Ahora en directo

ver programaciónver programas

Programas Recomendados

Síguenos en

 

Directo

  • Radio

  •  
Últimos programas

Estas escuchando

Noticias
Crónica 24/7

1x24: Radio Colombia

23/08/2024 - 01:38:13

Ir al podcast

Noticias en 3′

  •  
Noticias en 3′
Últimos programas

Otros episodios

Cualquier tiempo pasado fue anterior

Tu audio se ha acabado.
Te redirigiremos al directo.

5 "

Compartir