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Carros particulares deben ser revisados cada dos años

La Corte Constitucional decidió que el deber impuesto en el nuevo Código de Tránsito por el Congreso de la República a los vehículos particulares de revisión técnico-mecánica bianual no lesiona el principio de la buena fe.

BOGOTA.---- La Corte Constitucional decidió que el deber impuesto en el nuevo Código de Tránsito por el Congreso de la República a los vehículos particulares de revisión técnico-mecánica bianual no lesiona el principio de la buena fe.
El alto tribunal con ponencia de la magistrada Clara Inés Vargas determinó que el Legislador no partió de la mala fe de los propietarios o tenedores de los automotores, sino que ideó este mecanismo para ejercer un mejor control sobre el buen estado de funcionamiento de los vehículos que circulan por las vías y carreteras del país, a fin de prever que su circulación se haga en condiciones tales que garanticen la seguridad de todos los ciudadanos, conductores, pasajeros y peatones, y de tal manera cumplir con el deber de protección del interés general implícito en la regulación del derecho a la libre circulación.

De otra parte, no se cumplen los presupuestos para gozar de la protección del principio de la confianza legítima.

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