Sena debe adecuar educación para discapacitados
La Corte Constitucional sentenció que el SENA es una institución estatal que está obligado a adelantar una política de previsión, rehabilitación e integración social para los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a fin de que tengan el derecho a adquirir la educación que en esa institución se imparte, no sean discriminados.
Por Felipe Gómez MaldonadoBOGOTA.--- La Corte Constitucional sentenció que el SENA es una institución estatal que está obligado a adelantar una política de previsión, rehabilitación e integración social para los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a fin de que tengan el derecho a adquirir la educación que en esa institución se imparte, no sean discriminados.Lo anterior quedó establecido en una sentencia de tutela concedida por el alto tribunal a un joven invidente de Cartagena que fue declarado no apto en la etapa del examen médico ocupacional para la especialidad "Administrador de punto de ventas" por su ceguera, ya que el perfil de esta especialidad requiere de personal que ´Maneje procesos administrativos y comerciales de mercadeo, exhiba en puntos de ventas de productos, desarrolle posicionamientos de bienes y servicios´.Advierte la corte que la decisión del SENA de negarse a aceptar al señor Armeris Camargo Baldiris para la realización del programa de su preferencia, es discriminatoria y, por consiguiente, inadmisible. No es razonable que se impida a una persona que no goza del sentido de la vista, realizar un programa educativo para el que se encuentra académicamente preparado bajo los argumentos señalados según el análisis realizado."Por medio de esta decisión se cierra la legítima aspiración del accionante de acceder a la formación técnica profesional que proporciona una entidad del Estado", dijo el tribunal.




