Justicia

Inpec

Por agredir un recluso, destituyen tres guardianes del Inpec de Calarcá

La decisión es en primera instancia de la Procuraduría General de la Nación.

Los abogados de los guardines del Inpec apelaron la decisión el ministerio público

Los abogados de los guardines del Inpec apelaron la decisión el ministerio público / Cortesía Crónica del Quindío

Quindío

ACTUALIZACIÓN:

La Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos, en fallo del 07 de enero de 2021 de Segunda Instancia ordeno REVOCAR el fallo de primera instancia de fecha 24 de abril de 2019 proferido por la Procuraduría Regional del Quindío dentro de la actuación disciplinaria seguida bajo el radicado IUS- E-2018-178924, mediante el cual declaró responsables disciplinariamente a los señores MAURICIO OCTAVIO JOJOA PAZ con cc 18.127.673, BENYANEMAN GARCIA LEITON con cc 5.820.251 y JOSE MANUEL QUINTERO FERREIRA con cc 80.242.022, en sus calidades de capitán y tenientes del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC, adscritos al Establecimiento Penitenciario de Mediana Seguridad y Carcelario de Peñas Blancas de Calarcá Quindío con sanción de destitución del cargo e inhabilidad general por un término de 15 años para ejercer cargos públicos y, en su lugar ABSOLVERLO DE RESPONSABILIDAD DISCIPLINARIA conforme lo señalado en la parte motiva de este proveído.

La Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 15 años al capitán Mauricio Octavio Jojoa Paz y a los tenientes Benyaneman Leiton García y José Manuel Quintero Ferreira, personal de custodia y vigilancia del Inpec de la cárcel Peñas Blancas, por agredir físicamente a un interno.

A través del material probatorio, el ente de control evidenció que los funcionarios del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - Inpec - propinaron golpes a un recluso, obligándolo a sentarse para que un peluquero le cortara el cabello en un pasillo del centro de reclusión.

Además demostró que los disciplinados impidieron que funcionarios del Ministerio Público, el director del establecimiento penitenciario y otras autoridades, acudieran a revisar el video que previamente habían verificado, en el cual quedó registrado el maltrato de que fue objeto el interno, bajo el argumento que se requería orden judicial.

Con estos comportamientos los miembros del Inpec incumplieron, entre otras normas, el Código Penitenciario y Carcelario que contempla que “en los establecimientos de reclusión prevalecerá el respeto a la dignidad humana, a las garantías constitucionales y a los derechos humanos universalmente reconocidos. Se prohíbe toda forma de violencia síquica, física o moral”.

Contra esta decisión de primera instancia la defensa de los disciplinados interpuso recurso de apelación que será resuelto por la Procuraduría Delegada para la Vigilancia Administrativa

 

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