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Economía

Siete mil entidades de Cartagena deberán tramitar Régimen Tributario

Dian dispone servicio informático para régimen tributario especial

Cartagena de Indias

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, informa que se encuentra disponible el Servicio Informático Electrónico - SIE - Régimen Tributario Especial – RTE, para que las Entidades Sin Ánimo de Lucro – ESAL, presenten la solicitud de calificación o permanencia.

En la Dirección Seccional de Impuestos de Cartagena se encuentran inscritas 7.377 Entidades del Régimen Tributario Especial de las cuales 4.728 corresponden a la ciudad de Cartagena y 2.649 a los municipios.

Estas entidades deberán ingresar a www.dian.gov.co a su cuenta de usuario registrado, seleccionar el SIE RTE e iniciar el proceso de presentación de la solicitud de los documentos soportes requeridos; es necesario precisar que la información de los fundadores, de los cargos directivos, gerenciales y de control, donaciones y asignaciones permanentes, se debe incluir haciendo uso del prevalidador o aplicativo dispuesto para ello, el cual podrá descargar en el siguiente link:

https://www.dian.gov.co/Transaccional/Paginas/Prevalidadores.aspx, y posteriormente enviar la información a través de la opción “Presentación de información por envío de archivos” en el portal de la DIAN.

Para este procedimiento las ESAL deben tener en cuenta los siguientes aspectos:

- Si fueron creadas antes de 2016 y pretenden permanecer en el Régimen Tributario Especial para el año gravable 2018, tendrán hasta el 30 abril para presentar la solicitud.

- Aquellas creadas en 2017, que actualizaron el RUT antes del 31 de enero de 2018 y que aspiren a ser calificadas para este año en el Régimen Tributario Especial, solo tendrán hasta el 30 de abril para registrar la solicitud.

- Las Entidades Sin Ánimo de Lucro creadas en el año 2018, podrán solicitar su calificación al Régimen Tributario Especial en cualquier momento, a partir del 4 de abril de 2018.

Es importante que las Entidades Sin Ánimo de Lucro – ESAL que pretendan acceder al Régimen Tributario Especial, validen que la información de ubicación, representante legal, responsabilidades, actividades económicas, correo electrónico y entidad de vigilancia y control contenidas en su RUT esté, para que el servicio les permita radicar la solicitud; en segundo lugar, deben verificar los requisitos y documentos soportes requeridos para presentar la solicitud.

http://www.dian.gov.co/impuestos/sociedades/ESAL/Permanencia/Paginas/default.aspx

Todas las solicitudes se deben presentar a través del SIE – RTE, no se aceptarán solicitudes por el sistema de PQRS y Denuncias de la DIAN o radicadas físicamente en las áreas de Documentación.

Por su parte, las Cooperativas, para el año gravable 2018, no deben adelantar ningún trámite. A partir del año 2019 y siguientes, deberán realizar el proceso de actualización.

Las Entidades Sin Ánimo de Lucro creadas a 31 de diciembre de 2016 y durante el año 2017, que no se encuentre inscritas en el Régimen Tributario Especial que a 30 de abril de 2018 no radiquen la solicitud de permanencia o calificación en este régimen a través del SIE – RTE, serán clasificadas como contribuyente del Régimen Ordinario del Impuestos sobre la Renta.