Retroactivo pensional Colpensiones: ¿Quiénes tienen derecho a recibirlo? Estos son los plazos
Pensionarse no garantiza el cobro automático de las mesadas atrasadas. Estas son las claves para saber si tiene derecho al retroactivo:
Retroactivo pensional Colpensiones: ¿Quiénes tienen derecho a recibirlo? Estos son los plazos
Obtener la pensión representa para muchos trabajadores el cierre de una etapa laboral que puede haber tomado varias décadas. Sin embargo, después de recibir la resolución que reconoce el derecho, existe una duda sobre qué pasa con las mesadas correspondientes al periodo entre el momento en que se adquirió el derecho y el primer pago.
En estos casos aparece el denominado retroactivo pensional, un valor que puede ser reconocido por Colpensiones cuando existen mesadas causadas que no fueron pagadas durante el trámite de reconocimiento de la prestación.
Este dinero no corresponde a un monto fijo ni significa que todos los nuevos pensionados reciban automáticamente determinada cantidad de meses. La fecha desde la cual se reconoce depende de las condiciones particulares de cada caso y de la información que repose en la historia laboral.
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¿Qué es el retroactivo pensional?
El retroactivo pensional corresponde a las mesadas que se causaron durante un periodo en el que la persona ya tenía derecho a recibir su pensión, pero el pago todavía no se había hecho efectivo.
Por eso, cuando Colpensiones reconoce que existen valores pendientes, estos pueden ser incluidos en el primer desembolso junto con la mesada correspondiente. Esto explica que el primer pago de un pensionado pueda ser considerablemente superior al valor que recibirá cada mes posteriormente.
La cantidad de dinero depende, entre otros aspectos, de la fecha que la entidad determine como inicio del disfrute de la pensión y del valor de la mesada reconocida.
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¿Desde qué fecha se calcula el retroactivo?
Para determinar desde cuándo empiezan a contabilizarse las mesadas pendientes en Colpensiones, debe revisar las condiciones particulares del afiliado y la información registrada en su expediente. Entre los elementos que pueden ser relevantes están:
- La fecha en que fue presentada la solicitud de pensión.
- Las semanas de cotización acreditadas.
- El cumplimiento de la edad y demás requisitos establecidos por la ley.
- La fecha en la que se completaron los requisitos para acceder a la prestación.
- El momento en que terminó la relación laboral.
- La información registrada en la historia laboral.
Por esta razón, no existe un número estándar de meses de retroactivo que aplique para todos los pensionados.
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El plazo que tiene Colpensiones para responder
Otro punto que suele generar confusión está relacionado con el tiempo que tiene la administradora para resolver una solicitud.
La Ley 797 de 2003 establece un término máximo de cuatro meses para que se resuelvan las solicitudes relacionadas con la pensión de vejez.
Sin embargo, este plazo administrativo no significa que el retroactivo siempre corresponda exactamente a cuatro meses.
El periodo que eventualmente se reconoce depende de cuándo se consolidó el derecho, cuándo se hizo exigible la prestación y de las circunstancias particulares del trabajador. Por eso, puede ser mayor o menor a ese periodo.
Daniela Puerto
"Periodista de la Universidad del Rosario con..."Periodista de la Universidad del Rosario con mención en Relaciones Internacionales y énfasis en el periodismo internacional. Me desempeño como periodista digital y optimizadora de contenidos, con conocimiento en estrategias SEO orientadas a mejorar el posicionamiento en buscadores y mejoramiento de tráfico."