Continúa la declaración de renta: ¿Quiénes la deben presentar el 18, 19, 20 y 21 de AGOSTO?
¿Ya sabe cuando le toca declarar renta? Conozca cómo está el calendario tributario y verifique su número de cédula.
Ingresos que NO debe poner en su declaración de renta 2026, ¿por qué? Esto confirmó la DIAN
En Colombia todo ciudadano contribuyente debe pagar año a año diferentes impuestos que exige el Gobierno Nacional. Dentro de los más conocidos están el impuesto predial, el impuesto vehicular y, también, el impuesto a la renta, al que se llega una vez se declara renta.
Calendario oficial de la DIAN para la declaración de renta 2026
Ahora, recuerde que, en caso de que deba declarar, la fecha límite de su trámite se define por los dos últimos dígitos de su cédula de ciudadanía o su NIT.
Así mismo, para este trámite se dispuso de 3 meses para poder realizarlo: agosto, septiembre y octubre, estos son los siguientes que deben declarar en los próximos días:
| Últimos dígitos de la cédula | Fecha límite para declarar renta |
|---|---|
| 07-08 | 18 de agosto |
| 09-10 | 19 de agosto |
| 11-12 | 20 de agosto |
| 13-14 | 21 de agosto |
Además, a continuación puede ver el resto del calendario para que tenga en cuenta cuando debe declarar en el resto de agosto, septiembre u octubre:
| Últimos dígitos de la cédula | Fecha límite para declarar renta |
|---|---|
| 15-16 | 25 de agosto |
| 17-18 | 26 de agosto |
| 19-20 | 27 de agosto |
| 21-22 | 28 de agosto |
| 23-24 | 1 de septiembre |
| 25-26 | 2 de septiembre |
| 27-28 | 3 de septiembre |
| 29-30 | 4 de septiembre |
| 31-32 | 7 de septiembre |
| 33-34 | 8 de septiembre |
| 35-36 | 9 de septiembre |
| 37-38 | 10 de septiembre |
| 39-40 | 11 de septiembre |
| 41-42 | 14 de septiembre |
| 43-44 | 15 de septiembre |
| 45-46 | 16 de septiembre |
| 47-48 | 17 de septiembre |
| 49-50 | 18 de septiembre |
| 51-52 | 21 de septiembre |
| 53-54 | 22 de septiembre |
| 55-56 | 23 de septiembre |
| 57-58 | 24 de septiembre |
| 59-60 | 25 de septiembre |
| 61-62 | 28 de septiembre |
| 63-64 | 29 de septiembre |
| 65-66 | 30 de septiembre |
| 67-68 | 1 de octubre |
| 69-70 | 2 de octubre |
| 71-72 | 5 de octubre |
| 73-74 | 6 de octubre |
| 75-76 | 7 de octubre |
| 77-78 | 8 de octubre |
| 79-80 | 9 de octubre |
| 81-82 | 13 de octubre |
| 83-84 | 14 de octubre |
| 85-86 | 15 de octubre |
| 87-88 | 16 de octubre |
| 89-90 | 20 de octubre |
| 91-92 | 21 de octubre |
| 93-94 | 22 de octubre |
| 95-96 | 23 de octubre |
| 97-98 | 24 de octubre |
| 99-00 | 24 de octubre |
Finalmente, recuerde en caso de que usted deba declarar renta este 2026, en caso incumplir, usted puede acarrear una serie de sanciones como:
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- Sanciones económicas.
- Intereses por mora.
- Procesos de cobro por parte de la DIAN.
- Inconvenientes para realizar algunos trámites financieros.
¿Cuáles son los topes de la DIAN para declarar renta este 2026?
Así las cosas, ya definida por la DIAN la UVT de referencia para el año gravable 2025, que es de $49.799, hace que estas siguientes sean las condiciones y topes establecidos para la declaración de renta en 2026:
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- Haber sido responsable del impuesto sobre las ventas (IVA) a 31 de diciembre de 2025.
- Si su patrimonio bruto, a 31 de diciembre de 2025, fue superior a 4.500 UVT: $224.096.000.
- Si en 2025 sus ingresos brutos fueron iguales o superiores a 1.400 UVT: $69.719.000.
- Si sus consumos con tarjeta de crédito, en 2025, fueron superiores a 1.400 UVT: $69.719.000.
- Si el valor total de sus compras y consumos, en 2025, fue superior a 1.400 UVT: $69.719.000.
- Si el valor total acumulado de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, en 2025, fue superior a 1.400 UVT: $69.719.000.
En ese sentido, si usted superó estos topes en el 2025,deberá declarar renta en este 2026.
¿Cómo consultar si debe declarar renta este 2026?
- Para consultar si debe declarar renta solo debe ingresar a este link y anotar su cédula: https://webazure.dian.gov.co/consultarenta/
Una vez lo haga, la plataforma de la DIAN le dirá si debe o no, aunque aclarar que, de todas formas, debe revisar las condiciones ya que es finalmente el ciudadano el responsable de sus ingresos.
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Divar Ortiz
Comunicador Social – Periodista de la Universidad...Comunicador Social – Periodista de la Universidad del Quindío con habilidades en creación de contenidos para plataformas digitales. Experiencia en gobierno y marketing de redes sociales.