¿Podrá De la Espriella usar su versión del himno de Colombia en la posesión? Esto dice la ley
Aunque el presidente electo ya utilizó públicamente su propia versión de la canción propia, otro sería el caso durante actos oficiales del Gobierno.
¿Podrá De la Espriella usar su versión del himno de Colombia en la posesión? Esto dicen las leyes. Getty Images
Una nueva polémica en cuanto al uso, adaptación y definición de los símbolos patrios se produjo a raíz de la versión modificada del himno de la República de Colombia creada por el presidente electo Abelardo de la Espriella.
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La situación se produjo el pasado 24 de julio, durante un evento organizado por el CAF en Medellín, en el que el mandatario electo estuvo acompañado de su vicepresidente José Manuel Restrepo y el alcalde Federico Gutiérrez, entre otras figuras públicas.
En medio de la actividad se dio a conocer la pieza musical que intercambia algunas partes de la letra oficial por frases propias de la campaña política de Abelardo de la Espriella, lo cual encendió el debate en cuanto a los límites específicos que impone la ley sobre este símbolo patrio.
¿Qué dice la ley sobre el Himno Nacional de Colombia?
Aunque no se ha producido ningún pronunciamiento por parte de instancias legales, sí existe un marco preestablecido en la legislación colombiana que establece la oficialidad del himno y las restricciones de su uso y modificación.
Se trata de la Ley 33 de 1920, con la que se adopta originalmente la letra y música del Himno Nacional de Colombia, definidas en dicha norma. El uso de esta pieza se confirmó con la Ley 12 de 1984 y su carácter histórico fue protegido por la Sentencia C-469 de 1997 por parte de la Corte Constitucional.
¿Se puede usar la versión modificada del himno en actos del Gobierno?
Según la interpretación legal que han hecho expertos y juristas, en las normas antes mencionadas se establece que la letra y la música establecidas para la pieza son las que se adoptan oficialmente por el Estado colombiano.
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De ahí se deduce que, para efectos de cualquier tipo de modificación que introduzca alteraciones evidentes al himno, tendría que tramitarse a través del Congreso mediante una reforma a la normativa existente o con una nueva ley que permita dichos cambios.
Adicionalmente, el artículo 5.° de la mencionada Ley 12 de 1984 determina la fijación de sanciones que deberá imponer el Gobierno Nacional en caso de que se presente un uso indebido o irrespetuoso de la canción patria.
De esta manera, el consenso legal de expertos es que la pieza no podría ser utilizada durante actos oficiales, como lo es, por ejemplo, la posesión presidencial del próximo 7 de agosto de 2026.
¿Quién compuso la música y letra del himno nacional de Colombia?
De acuerdo con el Banco de la República, las 11 estrofas que hacen parte del Himno Nacional de Colombia las escribió el expresidente Rafael Núñez en 1850 y estaba pensado inicialmente como un poema con el que celebraba la independencia de su natal Cartagena. Fue originalmente publicado en el periódico La Democracia.
A su vez, el archivo histórico de la Presidencia de la República señala que la música fue creada en 1887 por el compositor italiano radicado en Colombia Orestes Síndici, previa insistencia de José Domingo Torres y también de su esposa, la colombiana Justina Jannaut de Síndici.
Ese mismo año se cantó por primera vez en público y en diciembre se llevó a cabo su presentación ante el mismo Rafael Núñez en el Palacio de San Carlos, interpretada por 25 coristas, con orquestación dirigida por el mismo maestro Síndici.
David Otero
Premio Álvaro Gómez 2022 del Concejo de Bogotá...Premio Álvaro Gómez 2022 del Concejo de Bogotá al mérito periodístico por el documental 'Chupkua Tibabuyes'. Egresado de la Universidad Central de Colombia. Desde 2014 dedicado al periodismo digital, tanto en medios masivos como en organizaciones sociales y medios comunitarios.