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Condenan a 16 meses de cárcel al secretario General de la Gobernación del Tolima

El funcionario fue condenado por usar para fines personales una camioneta oficial de la Alcaldía de Ibagué en 2021.

Tolima

El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, en sentencia de segunda instancia, condenó a 16 meses de prisión al secretario General de la Gobernación del Tolima, Carlos Andrés Portela, tras hallarlo culpable del delito de peculado por uso.

El Tribunal consideró necesario revocar la sentencia de primera instancia emitida por el Juzgado 5° Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento, que había absuelto al funcionario. En su lugar, ordenó condenarlo y hacer efectiva una orden de captura en su contra.

“Condenar al señor Carlos Andrés Portela Calderón como penalmente responsable del delito de peculado por uso, a la pena principal de dieciséis (16) meses de prisión y a la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término de la principal, de conformidad con lo anotado en la parte motiva de esta decisión”, reza el documento conocido por Caracol Radio.

Portela es uno de los funcionarios más cercanos a la actual gobernadora del Tolima, Adriana Magali Matiz, y hace parte del Partido Conservador desde hace varios años. Sin embargo, la condena proferida en su contra se remonta a hechos ocurridos en 2021, cuando fungía como secretario de Gobierno de la Alcaldía de Ibagué.

Contrario a lo considerado por el juez de primera instancia, el magistrado Cristhian Camilo Valderrama Reyes encontró que el secretario Portela sí incurrió en un delito al usar, en marzo de 2021, una camioneta oficial de la Alcaldía para fines personales. Según el Tribunal, el funcionario usó el vehículo oficial para desarrollar actividades ciclísticas o deportivas.

“Contra esta decisión procede la impugnación especial, que podrá ser interpuesta únicamente por el procesado Carlos Andrés Portela Calderón o por su defensor, de acuerdo con los parámetros establecidos por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia. El término para hacerlo es el establecido en el artículo 183 de la Ley 906”, agrega la sentencia.

La captura de Portela solo se podrá hacer efectiva una vez se conozca la decisión sobre la impugnación especial, en caso de que esta sea presentada ante la Corte Suprema de Justicia.

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