Concurso Docente: Salió borrador de resolución para ascenso y reubicación salarial, ¿Qué dice?
El borrador establece las reglas, requisitos y pautas para aplicar al proceso de evaluación. Conozca aquí más detalles
Prueba escrita Concurso Docentes 2026: Ministerio de Educación publicó calendario y fecha citación
El Ministerio de Educación recientemente publicó el borrador de la resolución del concurso docente donde establece las reglas, estructura y cronograma para el proceso de evaluación voluntaria que le permite a los docentes y directivos docentes oficiales de Colombia, ascender o mejorar su nivel salarial. La resolución no es definitiva, estará abierta a comentarios y observaciones hasta el 21 de julio del 2026.
¿Cuáles son los requisitos para aplicar? Tome nota
Según el borrador de la resolución, el Ministerio de Educación pide los siguientes lineamientos:
- El primer requisito establecido en la resolución señala que el docente debe estar inscrito en el Escalafón Docente y debe estar ejerciendo activamente el cargo con los derechos de carrera. Este criterio será revisado en dos ocasiones, tanto al inicio, en la revisión de documentos, como en el momento de expedir el acto de ascenso.
- El segundo componente es cumplir con el tiempo de servicio establecido en la resolución, es necesario haber cumplido 3 años de servicio continuo a partir de la fecha de la primera posesión en período de prueba.
- En el tercer lineamiento, se encuentran las evaluaciones de desempeño, el aspirante debe haber obtenido resultados satisfactorios en las últimas dos pruebas anuales de desempeño que haya realizado.
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¿Cuánto cuesta la inscripción al Concurso Docente? Le contamos
Para poder participar en el proceso, los docentes deberán adquirir un Número de Identificación Personal (NIP). El valor de este equivale a 5.7 UVB (Unidades de Valor Básico), es decir, en promedio 60 mil COP.
Por medio de la página que se disponga para el proceso, será posible descargar el recibo de pago, que se realizará a través de los canales del banco autorizado. ¡Ojo! este dinero no es reembolsable
¿Cómo serán evaluados los docentes?
El proceso de evaluación será medido en una escala de 100 puntos. El borrador explica las cinco categorías que determinaran el puntaje:
- Prueba pedagógica (45%): Una prueba escrita, realizada por una institución de Educación Superior, que será publica con las acreditaciones de alta calidad avaladas. La calificación de este componente, independiente del cargo o nivel, será entre 0,00 y 45,00 puntos.
- Valoración de la experiencia del educador (20%): Una prueba como reconocimiento meritorio al tiempo de servicio. Califica entre 14,00 a 20,00 puntos.
- Valoración de zona de desempeño (15%): Un componente de equidad que reconoce el trabajo en zonas rurales, con mayor dificultad de acceso. Califica de 12,00 a 15,00 puntos.
- Valoración de movimientos en el Escalafón (15%): Componente que evalúa cuántas veces se ha movido el docente previamente en el escalafón. Reconoce a los educadores con menos oportunidades para ascender de grado o reubicarse en el nivel salarial. Califica de 11,00 y 15,00 puntos.
- Autoevaluación de desempeño (5%): Es una prueba que busca que el educador establezca una calificación frente a su desempeño en las funciones y actividades pedagógicas que viene desarrollando.
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Docente dando clase. Cortesia: Frazao Studio Latino. GettyImages / Frazao Studio Latino
Las seis etapas del proceso
Le explicamos cuáles son las etapas del proceso para no perderse ningún detalle.
1. Habilitación de listados (8 de octubre 2026): Las Entidades Territoriales Certificadas (ETC) revisan los requisitos y posteriormente publican la lista de los educadores habilitados para participar en el proceso.
2. Compra NIP de inscripción (del 31 de octubre al 16 de noviembre 2026): el aspirante compra el NIP y realiza la inscripción en la plataforma web única que será habilitada, registrándose con un correo electrónico inmodificable.
3. Publicación de listado con la información de instrumentos de experiencia, movimientos en el escalafón y zona de desempeño para educadores que siguen en el proceso (3 de diciembre del 2026):
4.Aplicación de prueba pedagógica (22 de febrero de 2027): Presentación de la prueba escrita planeada por la universidad aliada del proceso.
5.Publicación de resultados (16 de marzo): Publicación de los resultados en los 5 componentes (prueba, experiencia, zona de desempeño, movimientos previos y autoevaluación). Los docentes cuentan con un término de cinco días hábiles posteriores a la publicación para interponer sus reclamaciones a través de la página.
6.Listado definitivo y protocolos administrativos (12 de mayo del 2027): Una vez resueltas las reclamaciones en el tiempo estipulado, se publica la lista definitiva de docentes que superaron el 80% de los puntos requeridos para el ascenso o reubicación salarial.
Diferencia entre ascenso y reubicación salarial
A pesar de que ambos caminos son beneficiosos para mejorar los ingresos mensuales del educador, una vez superada la evaluación, el borrador de resolución explica que se trata de dos movimientos diferentes dentro del Escalafón Docente:
Ascenso: Es la implicación de pasar de un número a otro en el escalafón. Ejemplo: Saltar de Grado 1 a Grado 2. Para lograr esto, el borrador y la ley exige obligatoriamente que el docente certifique un nuevo título académico, ya sea una maestría o un doctorado.
Reubicación salarial: Esto implica pasar de una letra a otra dentro del mismo grado en el que ya está. Ejemplo: Pasar de la letra A a la letra B dentro del grado 3. En este caso, a diferencia del ascenso, no es necesario presentar un nuevo título académico, se mejora el sueldo demostrando experiencia y superando de puntaje en la evaluación.
Si desea conocer los detalles a fondo de todo el proceso, a continuación, encontrará el borrador completo de la resolución publicados por el Ministerio de Educación en la página del SUCOP.
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