Ley seca elecciones presidenciales 2026 Barranquilla y Medellín: Esto se sabe sobre la restricción
Las disposiciones del Decreto 0612 de 2026 aclaran los horarios generales para la Ley Seca en el país. Conozca las fechas y horas exactas aquí.
Toque de queda y ley seca / Caracol Radio
Este domingo 21 de junio se llevará a cabo una nueva jornada electoral para que los colombianos decidan quién será el nuevo presidente y vicepresidente de la República para el periodo 2026-2030.
Así, a unos días de la segunda vuelta presidencial, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 0612 del 16 de junio de 2026, que reglamente las medidas que se llevarán a cabo para garantizar el orden público durante el proceso de sufragio.
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¿Cómo funcionaría la ley seca en Barranquilla y Medellín?
El Decreto 0612 hace énfasis en la implementación de la ley seca desde las 6:00 de la tarde del sábado 20 de junio hasta las 12:00 del mediodía del lunes 22 de junio. Durante este periodo de tiempo quedará totalmente prohibida tanto la comercialización como el consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos comerciales.
En principio, esta será una medida general para todas las administraciones del país, incluyendo Barranquilla y Medellín. Sin embargo, en el propio artículo del decreto se aclara que gobernadores y alcaldes podrán ampliar este período si consideran que existen riesgos para el orden público en sus respectivas jurisdicciones.
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¿Cuál es la multa por no cumplir la ley seca durante las elecciones presidenciales 2026?
De acuerdo con lo estipulado por el Código Nacional de Policía y Convivencia, el incumplir esta ley durante los próximos comicios presidenciales conllevará una multa de entre 4 y 32 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV).
Esto vendría equivaliendo a una multa desde los $233.454 hasta los $1.867.632 (referencia salario mínimo 2026), dependiendo de cómo las autoridades consideren la gravedad de la infracción y de las normativas que independientemente cada alcaldía haya impuesto durante la jornada.
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Otras medidas durante la Segunda Vuelta presidencial
Entre las disposiciones del Decreto 0612 de 2026, se ordenó el cierre de los pasos fronterizos terrestres y fluviales durante la jornada electoral, además de la adecuación de controles migratorios especiales. La decisión busca reforzar los mecanismos de vigilancia y evitar fraudes o actividades delictivas durante este día.
No obstante, la normativa pone especial atención en la movilidad de los votantes dentro del territorio. Las autoridades y empresas de transporte público deberán garantizar la operación de rutas urbanas, rurales e intermunicipales para permitir el correcto desplazamiento hacia los puestos de votación.
Finalmente, cabe acotar que aunque está prohibido el uso de dispositivos dentro de los puestos de votación, el Gobierno deja explícito que no podrá haber bloqueos generalizados de internet ni interrupciones a los servicios digitales. La decisión recoge criterios de la Corte Constitucional, que ha reconocido el acceso a internet como un derecho fundamental, y busca evitar interpretaciones que permitan cortes de conectividad durante la jornada electoral.
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