No solo la multa: Consecuencias por NO asistir como jurado de votación del 31 de mayo
La Registraduría Nacional del Estado Civil recordó que los jurados de votación que no se presenten el próximo 31 de mayo para los comicios presidenciales podrían enfrentar multas económicas.
Imagen de referencia, foto Gettyimages y Canva.
En Colombia, el próximo domingo 31 de mayo se llevará a cabo una nueva jornada electoral, donde los colombianos podrán elegir al nuevo presidente de la república para el período 2026-2030.
Por esto mismo es que la Registraduría Nacional del Estado Civil realiza un proceso de escogencia aleatoria en forma de sorteo, con la finalidad de designar a algunos ciudadanos para ejercer como jurados de votación en todo el país.
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Por ello, si usted fue seleccionado como jurado de votación y no se presenta el día de las elecciones para desempeñar las funciones o las abandona, podrá recibir una multa equivalente hasta 10 salarios mínimos legales vigentes, lo que es aproximadamente unos $17.509.050 pesos en 2026.
Asimismo, también se podrán imponer sanciones a los jurados que no firmen el acta de escrutinio o Formulario E-14.
Pero esto no es todo; si usted es servidor público y no presta su servicio o abandona su labor de jurado de votación sin tener una justificación válida, podrá ser destituido del cargo que desempeña.
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“Las personas que sin justa causa no concurran a desempeñar las funciones de jurado o las abandonen se harán acreedoras a la destitución del cargo que desempeñan si son servidores públicos. De no serlo, les corresponderá una multa equivalente hasta 10 salarios mínimos legales vigentes”, mencionó la Registraduría.
¿A qué horas se debe presentar un jurado de votación para las elecciones presidenciales?
Según información de la Registraduría, los ciudadanos seleccionados como jurados de votación deben presentarse en la mesa previamente designada a partir de las 7:00 de la mañana, a más tardar a las 7:30 de la mañana.
Ya que desde este horario se deben iniciar las labores de verificación del kit electoral entregado por la entidad para estos comicios presidenciales.
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¿Por qué razones puede exonerarse de la multa por no presentarse para ejercer como jurado de votación?
Según la Misión de Observación Electoral (MOE), estas son las causales para la exoneración de las sanciones:
- Grave enfermedad del jurado o de su cónyuge, padre, madre o hijo(a).
- Muerte de alguna de las personas anteriormente enumeradas, ocurrida el mismo día de las elecciones o dentro de los tres (3) días anteriores a las mismas.
- No ser residente en el lugar donde fue designado.
- Ser una persona menor de 18 años.
- Haberse inscrito y votar en otro municipio.
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