¿Cuáles son las licencias remuneradas otorgadas a los trabajadores en 2026? MinTrabajo explica

La reforma laboral fijó las licencias que deben ser remuneradas sin reemplazar los tiempos que no se labora. Le explicamos:

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La Ley 2466, conocida como la Reforma Laboral, introduce importantes cambios en el ámbito laboral colombiano. Entre los cambios más relevantes se destacan la priorización del contrato a término indefinido, la valoración de contratos de aprendizaje y prácticas y la definición de horarios diurnos y nocturnos.

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Otro aspecto relevante es el reconocimiento de licencias para los trabajadores colombianos. La reforma establece la existencia de licencias que deben ser remuneradas por el empleador, sin reemplazar los tiempos que no se labora.

Licencias remuneradas otorgadas a la trabajadora y el trabajador

  • Para votar.
  • Para desempeñar cargos oficiales, citaciones judiciales o administrativas.
  • Por calamidad doméstica grave y comprobada.
  • Para desempeñar comisiones sindicales.
  • Para asistir a citas médicas de urgencia o programadas con especialista, o citas médicas necesarias para recuperación del trabajador.
  • Para asistir a las obligaciones escolares como acudiente de hijos e hijas, cuando así lo exija el centro educativo.
  • Podrán acordar entre el empleador y el trabajador un día de permiso (uno cada seis meses) por el uso de la bicicleta como medio de transporte.

Entre otros permisos remunerados están:

  • Licencia de maternidad: 18 semanas, ampliable a 20 en casos de partos múltiples o hijos con discapacidad.
  • Licencia de paternidad: 2 semanas calendario (14 días) remuneradas.
  • Licencia por luto: 5 días hábiles por fallecimiento de un familiar cercano.

De acuerdo con el Ministerio de Trabajo, la ley en mención recupera tres horas de horario extraordinario y solicita el pago del 100% de dichas horas de forma gradual. El pago de los días festivos y dominicales laborados también será del 100%.

Jornada laboral semanal: menos horas

La ley también trae consigo una reducción en la jornada laboral semanal. Desde su implementación, las horas semanales legales son 42 horas. Estas 42 horas son flexibles y deben ser acordadas entre el empleador y el empleado, distribuidas en un máximo de 6 días a la semana.

A partir del 15 de julio de 2026, la jornada máxima será de las 42 horas. El Día de la Familia dejará de ser obligatorio a partir de esta misma fecha.

Es importante destacar que solo es posible laborar dos horas extras al día y un máximo de 12 horas extras a la semana. Superar esos tiempos se considera una vulneración de los derechos de la jornada, descanso y tiempo para la conciliación de la vida familiar.

Definición de horarios diurnos y nocturnos

Otro cambio se presenta en la definición de los horarios diurnos y nocturnos, que impacta el cálculo de recargos por trabajo en estas franjas. Laborar en horas extras, en jornada nocturna o en días de descanso obligatorio genera un pago adicional.

  • Diurno: trabajo realizado entre las 6:00 a. m. y las 7:00 p. m. Anteriormente, de 6:00 a. m. a 10:00 p. m.
  • Nocturno: trabajo realizado entre las 7:00 p. m. y las 6:00 a. m.

Esta modificación implica que el trabajo nocturno comienza más temprano, lo que se traduce en mayor reconocimiento y remuneración para los trabajadores que laboran en estos horarios.

Cambios clave de la reforma laboral

Priorización del contrato a término indefinido como regla general: Los contratos a término fijo o por obra labor tendrán una duración limitada de cuatro años.

Formalización del trabajo doméstico: Las trabajadoras y trabajadores del servicio doméstico serán vinculados a través de un contrato escrito, con todas las garantías, derechos y normas laborales.

Valoración de contratos de aprendizaje y prácticas: Se garantiza el pago del 100% del Salario Mínimo Vital a aprendices universitarios y en fase práctica.

Incentivos para generación de empleo: Se promueven programas como “Crea Empleo”, “Primer Empleo” y “Último Empleo” para incentivar la contratación de poblaciones vulnerables (mujeres, jóvenes, personas mayores) y la creación de nuevos puestos de trabajo.

Maria José Castro

Comunicadora Social - Periodista con experiencia...