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En España, ya se puede pedir cita presencial o solicitar la regularización ‘online’

Aunque el plazo para esas citas presenciales ya está abierto, no será hasta el próximo lunes, 20 de abril, cuando se podrá acudir en persona a uno de los puntos habilitados para el trámite

ARRECIFE (LANZAROTE) (ESPAÑA), 20/12/2024.-. Un centenar de personas migrantes, llegadas en las últimas 24 horas, han pasado la noche en la carpa habilitada en el puerto de Arrecife, ante la falta de medios en la isla. En los últimos días han llegado a la isla 321 personas. EFE/ Adriel Perdomo

ARRECIFE (LANZAROTE) (ESPAÑA), 20/12/2024.-. Un centenar de personas migrantes, llegadas en las últimas 24 horas, han pasado la noche en la carpa habilitada en el puerto de Arrecife, ante la falta de medios en la isla. En los últimos días han llegado a la isla 321 personas. EFE/ Adriel Perdomo / Adriel Perdomo (EFE)

ARRECIFE (LANZAROTE) (ESPAÑA), 20/12/2024.-. Un centenar de personas migrantes, llegadas en las últimas 24 horas, han pasado la noche en la carpa habilitada en el puerto de Arrecife, ante la falta de medios en la isla. En los últimos días han llegado a la isla 321 personas. EFE/ Adriel Perdomo

El plazo para solicitar la regularización extraordinaria de migrantes empieza este jueves para todas aquellas solicitudes en formato ‘online’, al tiempo que ya es posible pedir cita previa para hacer el trámite de forma presencial.

Aunque el plazo para esas citas presenciales ya está abierto, no será hasta el próximo lunes, 20 de abril, cuando se podrá acudir en persona a uno de los puntos habilitados para el trámite: cinco Oficinas de Extranjería (Madrid, Alicante, Valencia, Almería y Murcia); 60 oficinas de la Seguridad Social y 371 oficinas de Correos en capitales de provincias o ciudades de más de 50.00 habitantes.

Para poder realizar las solicitudes de manera ‘online’ será necesario disponer de certificado electrónico o hacerlo a través de profesionales habilitados o de entidades inscritas en el Registro de Colaboradores de Extranjería.

La plataforma para hacerlo estará disponible en la web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Los interesados en acogerse a esta regularización tendrán un plazo de dos meses y medio, hasta el 30 de junio de 2026.

Quién puede acogerse

Podrán acogerse a esta regularización aquellas personas en situación administrativa irregular que hayan llegado a España antes del pasado 1 de enero y hayan estado en el país cinco meses seguidos en el momento de la solicitud, así como los solicitantes de asilo que hicieron su petición antes de la misma fecha, siempre y cuando carezcan de antecedentes penales.

Para demostrar el tiempo que la persona lleva en España se podrá recurrir al padrón municipal pero también a otro tipo de medios como un informe médico, un contrato de luz o alquiler o un certificado de envío de dinero.

Residencia y trabajo durante un año

El permiso concedido a través de esta regularización será de un año y autorizará a la persona a vivir y trabajar en España por ese tiempo en cualquier sector.

Además, desde el momento en que la solicitud sea admitida a tramite, se proveerá una autorización de trabajo provisional para que se pueda acceder al empleo desde el primer momento.

Un mes después de tener su resolución favorable definitiva, el beneficiario deberá solicitar su Tarjeta de Identificación de Extranjero. El Gobierno ha aclarado que este permiso no autoriza a establecerse ni trabajar en el resto de la Unión Europea.

En el caso de los menores de edad, el proceso concede una autorización de residencia por cinco años y las solicitudes de miembros de una misma unidad de convivencia se podrán gestionar en una misma cita.

Pasado un año, las personas deberán incorporarse a otras figuras ya existentes en el reglamento de extranjería. En algunos casos en los que no se cumplan los requisitos existirán otras vías con otros requisitos como la aportación de un informe de integración emitido por una entidad social.

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