Persisten barreras para acceder al derecho a morir dignamente en Colombia, advierte Fundación
Pese a la despenalización de la eutanasia desde 1997, en Colombia persisten obstáculos para ejercer el derecho a morir dignamente, según advirtió la Fundación Pro Derecho a Morir Dignamente.
Entrevista a Laura Pombo, Directora fundación Pro-derecho a morir dignamente
El caso de una joven en España que accedió a la eutanasia por sufrimiento psicológico, conocido por 6AM W, reabre una discusión compleja y pone el foco en la situación en Colombia. En medio del debate sobre la aplicación de la eutanasia, la Fundación Pro Derecho a Morir Dignamente advirtió que el principal problema en el país no es la existencia del derecho, sino las dificultades para ejercerlo en condiciones reales.
En entrevista con 6AM, su directora, Laura Pombo, señaló que los avances normativos no han sido suficientes para garantizar su aplicación efectiva.
“El derecho a morir dignamente ya existe, pero muchas veces no se puede ejercer fácilmente. Es precisamente en el caso de Colombia falta una ley que dignifique, que disponga de todas las condiciones necesarias para que se dé informado y en los tiempos establecidos" indicó Pombo.
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En Colombia, la eutanasia fue despenalizada en 1997 y regulada parcialmente en 2015. Sin embargo, "no existe una ley integral que garantice su aplicación de manera uniforme, clara y oportuna en todo el sistema de salud", agregó la directora.
De acuerdo con la Fundación, esta ausencia normativa sigue generando barreras en el acceso al derecho, lo que impacta directamente a los pacientes.
“A pesar de estar regulada, no hay una ley que garantice el derecho para todo el mundo y en los tiempos que son” explicó Pombo.
Determinació del Documento de Voluntad Anticipada para un muerte digna
En ese contexto, la Fundación reiteró la importancia del Documento de Voluntad Anticipada (DVA) en estos casos de voluntad, una herramienta legal vigente en Colombia que permite a las personas dejar por escrito sus decisiones médicas antes del final de vida.
“Es un documento en el que una persona deja por escrito cómo quiere ser tratada en salud cuando no pueda expresar su voluntad… es una manifestación anticipada de la autonomía” explicó la directora de la Fundación Laura Pombo.
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Asimismo, el DVA está regulado principalmente por la resolución 2665 en el 2018 del Ministerio de Salud y Protección Social. El cual además de lo anterior, permite definir la aceptación o rechazo de tratamientos, limitar intervenciones médicas, establecer cuidados paliativos, tomar decisiones frente a la eutanasia y designar un representante.
Adicionalmente, sobre el debate actual, la directora también se refirió al papel del sufrimiento psicológico en estos procesos:
“El sufrimiento psicológico no es menos real ni importante que el físico… lo importante es que haya una evaluación rigurosa que garantice que la decisión es libre, informada y persistente” reiteró la directora.
Las condiciones en las que una persona puede tomar decisiones sobre su final de vida siguen marcadas por vacíos y procesos que, en la práctica, definen el acceso.
“Esto hay que tener mucho cuidado porque debe ser debidamente y rigurosamente evaluado. Como digo, no es una decisión de un día para otro. Si la persona tiene capacidad de decidir, lo hace de una manera consciente, reflexiva, podría acceder a este derecho basándose en la autonomía y en la libertad individual" concluyó.