Salud y bienestar

Humedad en Propiedad Horizontal: ¿Qué hacer si su vecino no quiere arreglar la fuga de agua?

Según el caso, puede resolver el conflicto con la administración del conjunto, la inspección de la policía o con el código civil. Conozca aquí el proceso.

De fondo: Imágenes ilustrativas de un perito haciendo inspección de los daños a un inmueble por humedad. Al lado, una persona angustiada (Crédito: Getty Images)

Vivir en propiedad horizontal conlleva aprender a compartir sus espacios con las personas alrededor de su conjunto. En algunos casos, pueden presentarse inconvenientes que afecten la integridad de su inmueble, como fugas de gas, suciedad o goteras, las cuales requieren una mediación entre los actores involucrados para hallar solución.

Dependiendo del caso, el problema debe ser solucionado por usted mismo o por el vecino. Debe hallar por su cuenta el método para cerrar la fuga. Mientras tanto, hay oportunidades en que la constructora debe asumir la responsabilidad de la garantía de buenas redes de agua en la vivienda.

Aquí, en Caracol Radio, puede consultar cómo identificar al responsable del daño en la copropiedad y qué hacer.

Lea más: Propiedad Horizontal en Colombia, ¿Es legal poner cámaras en la puerta de su apartamento?

¿Quién es el responsable si hay una fuga de agua en una propiedad horizontal?

Primeramente, debe analizarse de dónde proviene la fuga. Como menciona el artículo 9 de la Ley 820 de 2003, es responsabilidad del arrendatario cuidar el inmueble y las cosas recibidas en arrendamiento. Eso significa que todo daño o deterioro a causa del uso diario y normal de recursos como el agua debe repararlo el inquilino.

Ojo: ¿En cuáles casos un arrendador debe indemnizar a los inquilinos? Le contamos los detalles

Si el daño al inmueble o la zona común es causado por acción o negligencia del copropietario o inquilino de un espacio distinto al suyo, debe encargarse de repararlo, en concordancia con la Ley 675 de 2001. Aunque si el desgaste es causado por el uso de una tubería que usan ambos, se asume responsabilidad compartida.

Finalmente, puede pasar que la constructora tenga que asumir la reparación de su inmueble, bajo el decreto 735 de 2013, que menciona en el título IV, parágrafo 3, que “Para los bienes inmuebles, el término de la garantía legal de los acabados y las líneas vitales (como redes hidráulicas) será de un (1) año y el de la estabilidad de la obra diez (10) años, en los términos del artículo 8° de la Ley 1480 de 2011.”, lo que significa que, si la tubería se daña durante el primer año de estreno, será compromiso de la constructora arreglarlo.

¿Qué se debe hacer para reclamar el daño por humedad y/o fuga de agua?

Si quiere hacer un reclamo porque el copropietario debe asumir las reparaciones de la fuga de agua, debe seguir las siguientes recomendaciones:

  1. Primero, adjuntar pruebas y obtener un informe de un perito que acredite el lugar del daño, las afectaciones y quiénes son los causantes.
  2. Antes de tomar acciones legales, es importante acudir a la administración de la propiedad horizontal y explicar el problema. Ellos pueden intervenir, llamar a todas las partes involucradas y ayudar a resolver el conflicto entre los copropietarios.
  3. En caso de no resolverse tal conflicto, la siguiente medida es presentar una querella en fundamento al numeral 3 del artículo 77 de la ley 1801 de 2016 (código nacional de policía), que establece como afectación:

«Perturbar la posesión o mera tenencia de un inmueble o mueble por causa de daños materiales o hechos que la alteren, o por no reparar las averías o daños en el propio inmueble que pongan en peligro, perjudiquen o molesten a los vecinos.»

Ese trámite puede realizarse ante una inspección de Policía o la Alcaldía, que citan a los involucrados a una conciliación, cuya asistencia es obligatoria. Si es hallado culpable, la ley establece que el responsable se hará cargo de la reparación de daños materiales por perturbación a la posesión y tenencia de inmuebles o muebles.

Como última instancia, si esto no es suficiente, ya tendría que recurrir a un juicio civil, en el que se toma como base el Código Civil colombiano. En tal caso se haría uso del ARTÍCULO 2341, donde

“En el que ha cometido un delito o culpa, que ha inferido daño a otro, se obliga a la indemnización, sin perjuicio de la pena principal que la ley imponga por la culpa o el delito cometido”.

También puede consultar: Guía para solicitar un acuerdo de pago con el Acueducto de Bogotá: evite la suspensión del servicio

Escuche Caracol Radio EN VIVO:

Bogotá