Juez se pronunció sobre APP con peajes por más de 30 años en Cartagena: ¿Qué dijo?
La obra había sido adjudicada en 2019 por el entonces alcalde Pedrito Pereira, a la empresa KMA Concesiones

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El Juzgado Octavo Administrativo del Circuito de Cartagena emitió el 3 de marzo de 2026 una decisión judicial relacionada con la acción popular presentada por el Distrito de Cartagena en 2021 contra la adjudicación de la APP Corredor Portuario, iniciativa de infraestructura vial que incluía la construcción de la Quinta Avenida de Manga y que contemplaba su financiación mediante un sistema de peajes.
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La obra había sido adjudicada en 2019 por el entonces alcalde Pedrito Pereira Caballero a la empresa KMA Concesiones a través de un contrato de concesión cuyo valor superaba el billón de pesos. El modelo planteaba cubrir los costos del proyecto con el recaudo de seis estaciones de peaje, cuatro ya existentes en la ciudad y dos nuevas, que operarían durante tres décadas.
Posteriormente, la administración encabezada por William Dau Chamatt manifestó su desacuerdo con la iniciativa y acudió a la justicia mediante una acción popular para intentar frenar su ejecución. A este proceso se vincularon organizaciones ciudadanas, entre ellas la Veeduría Ciudadana a la Rama Judicial de Cartagena y la Asociación de Transportadores de Carga de Bolívar.
Tras analizar el caso, el despacho judicial concluyó que el proyecto, tal como fue estructurado, afecta derechos colectivos relacionados con la moralidad administrativa, el patrimonio público y el interés general. En consecuencia, el juez decidió respaldar las pretensiones de la demanda.
Dentro de sus consideraciones, el tribunal advirtió que el esquema financiero basado en seis peajes durante 30 años, con una proyección de ingresos cercana a dos billones de pesos, representa una carga económica considerable y prolongada para los habitantes de la ciudad.
El fallo también señala que en el proceso de planificación no se evaluaron con suficiente profundidad otras alternativas que pudieran reducir el impacto sobre la ciudadanía, como ajustes tarifarios diferenciales, disminución en el número de peajes o fórmulas de financiación compartida que permitieran equilibrar los costos del proyecto.
Además, el juez instó al Distrito y a la concesionaria a no insistir en iniciativas de concesión con características similares a las planteadas en esta APP mientras no existan estudios técnicos y sociales que demuestren con claridad su conveniencia para la comunidad.
La decisión judicial concluye que una intervención vial de la magnitud del Corredor Portuario de Cartagena debe sustentarse en análisis rigurosos y una planeación sólida, de manera que se garantice que su implementación responda realmente al interés colectivo y no genere cargas desproporcionadas para la población.
Andrés Vizcaíno Villa
Periodista cartagenero con experiencia en comunicación pública. Músico y apasionado por la radio.




