Gobierno reglamenta la negociación colectiva por niveles en el sector privado
El ministerio de trabajo plantea con la normatividad fortalecer el diálogo social en el país.

Ministro de Trabajo, Antonio Sanguino. Foto: @Mintrabajocol

El Gobierno Nacional por intermedio del ministerio del Trabajo expidió el decreto 0234, que establece las reglas sobre negociación colectiva unificada por niveles. Esta medida, aplicable al sector privado y a los trabajadores oficiales, busca organizar y coordinar el ejercicio del derecho de negociación más allá del ámbito de la empresa, permitiendo acuerdos a nivel de grupos de empresas, ramas o sectores de actividad.
El decreto se fundamenta en los convenios 98 y 154 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), así como en la Constitución Política, que garantizan el derecho de negociación colectiva y ordenan al Estado promover la concertación pacífica de los conflictos.
“Con esta nueva estructura, se pretende fomentar procesos de diálogo social más racionales y eficientes, reduciendo los tiempos y costos administrativos de las negociaciones, lo cual, según el texto, incidirá favorablemente en la paz social y la productividad de las empresas”, señala la normatividad.
De acuerdo con el ministerio del Trabajo uno de los pilares del decreto es la obligatoriedad de negociar en una única mesa y con un único pliego de peticiones cuando concurran varias organizaciones dentro de un mismo ámbito superior a la empresa.
También se establece que, para garantizar la democracia sindical, la conformación de la comisión negociadora de los trabajadores será directamente proporcional al número de sus afiliados.
El decreto también asegura que las organizaciones minoritarias tengan voz, garantizándoles al menos un representante en la mesa de negociación si no logran representación por la vía de la proporcionalidad. Por el lado de los empresarios, estos mantienen la libertad de conformar su representación, aunque en caso de desacuerdo, se aplicarán criterios de representatividad basados en la cobertura laboral, empresarial e incidencia económica en el sector.
El decreto 0234 introduce reglas especiales para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). Las convenciones sectoriales deberán incluir obligatoriamente cláusulas de adaptabilidad y gradualidad que permitan implementar los acuerdos de manera escalonada, evitando que las cargas económicas comprometan la sostenibilidad financiera de los pequeños empresarios.
No obstante, estas adaptaciones tienen límites claros: en ningún caso podrán reducir el “piso mínimo” de derechos laborales fijado por la ley o la Constitución, ni desconocer beneficios de convenciones de nivel superior ya existentes.
El nuevo régimen establece que las convenciones de ámbito sectorial son de aplicación obligatoria para todos los empleadores y trabajadores del nivel respectivo. En relación con el financiamiento sindical, el decreto reitera que los trabajadores no sindicalizados que se beneficien de los acuerdos alcanzados deberán pagar una contribución económica al sindicato titular, equivalente a la cuota ordinaria de sus afiliados.
Finalmente, las partes involucradas tienen el deber de negociar bajo el principio de la buena fe, lo que incluye designar representantes con poder de decisión, intercambiar información pertinente y abstenerse de maniobras que obstruyan o dilaten injustificadamente el proceso. El Ministerio del Trabajo actuará como autoridad competente para validar la representatividad de las organizaciones y apoyar la conformación de las mesas de diálogo

Luis Enrique Hurtado
Periodista con más de 20 años de experiencia. Me he especializado en radio y en macroeconomía. Premio...




