Elecciones 2026: ¿Hasta cuándo puede pedir el mediodía compensatorio? Fecha límite, requisitos y más

Conozca aquí el tiempo límite que tiene para pedir el compensatorio y cómo debe hacerlo

Este domingo 8 de marzo, Colombia vivió una jornada clave para la democracia con las elecciones al Congreso y las consultas interpartidistas que ayudan a definir el panorama de las presidenciales de 2026.

De acuerdo con el censo electoral de la Registraduría Nacional, más de 41 millones de ciudadanos están habilitados para participar en la jornada y acudir a los más de 13.700 puestos de votación instalados en todo el país.

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Además de ser un derecho y un deber ciudadano, votar también trae beneficios establecidos por la ley. Uno de los más importantes es el descanso compensatorio remunerado para los trabajadores que participen en las elecciones.

Aquí le explicamos cómo funciona este beneficio y qué debe hacer para reclamarlo.

Descanso remunerado por votar: Qué dice la Ley

La Ley 403 de 1997 establece varios incentivos para promover la participación electoral en Colombia. Entre ellos se encuentra el derecho a media jornada de descanso remunerado para quienes ejerzan su voto.

Esto significa que cualquier ciudadano que haya participado en la jornada electoral puede solicitar a su empleador unas horas libres pagadas, como reconocimiento a su participación democrática.

Para hacer efectivo este beneficio, el trabajador debe presentar el certificado electoral, documento que se entrega en el puesto de votación después de sufragar.

Elecciones 2026: Cuántas horas de descanso corresponden

El tiempo de descanso depende de la jornada laboral del trabajador.

Desde julio de 2025, la jornada laboral en Colombia se redujo a 44 horas semanales, por lo que en muchos casos el tiempo equivalente a media jornada corresponde aproximadamente a 3 o 4 horas de descanso.

La ley señala que este beneficio debe otorgarse de común acuerdo entre el empleador y el trabajador, con el fin de no afectar la operación de la empresa.

¿Cuándo puede reclamar el mediodía compensatorio tras votar?

Los ciudadanos que votaron este 8 de marzo no tienen que tomar el descanso inmediatamente. De acuerdo con la normativa, permite que el beneficio se utilice dentro del mes siguiente a las elecciones, por lo que los trabajadores podrán acordar con su empleador cuándo disfrutar esas horas libres durante las semanas posteriores.

Por esta razón, se recomienda coordinar el descanso con anticipación y presentar el certificado electoral para formalizar la solicitud.

Jurados de votación tienen un día completo de descanso

Las personas designadas como jurados de votación cuentan con un beneficio mayor.

Debido a la extensa jornada que cumplen durante las elecciones , que inicia antes de las 7 de la mañana y puede extenderse hasta las 4 de la tarde, la ley establece que tienen derecho a un día completo de descanso remunerado.

En este caso, los jurados disponen de hasta 45 días después de la jornada electoral para hacer efectivo ese día libre.

El certificado electoral:

El certificado electoral es el documento indispensable para acceder a los beneficios que otorga la ley por votar.

La Registraduría recuerda dos reglas importantes sobre este documento:

  • Solo se puede usar una vez para cada beneficio, como descuentos en trámites públicos o el descanso laboral.
  • Su vigencia termina cuando se realizan nuevas elecciones ordinarias, por lo que se recomienda utilizarlo antes de ese momento.

¿Qué hacer en caso de que la empresa niegue el descanso?

El descanso compensatorio por votar no es opcional para el empleador, ya que está respaldado por la ley.

Si un trabajador solicita el beneficio y se lo niegan, puede acudir a diferentes mecanismos según su tipo de empleo:

  • Empleados del sector público: pueden presentar una acción de cumplimiento.
  • Trabajadores del sector privado: pueden interponer una queja ante el Ministerio del Trabajo.

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