Auxilio funerario en Colpensiones prescribe si no lo reclama: ¿Cómo radicar solicitud en 2026?
Le contamos todo lo que debe saber sobre el auxilio funerario en Colpensiones. Tenga en cuenta lo siguiente
El fallecimiento de un ser querido no solo representa un duelo profundo, sino también una carga económica inesperada para muchas familias.
En el marco del sistema de seguridad social, el auxilio funerario de Colpensiones se mantiene como una prestación económica vital para aliviar los costos de entierro o servicios fúnebres de los afiliados y pensionados.
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Con la actualización de las cifras para el año 2026, es fundamental que los ciudadanos conozcan los nuevos topes y los requisitos para acceder a este derecho. Esta ayuda está dirigida a la persona que demuestre haber realizado los gastos fúnebres de un afiliado activo o de un pensionado por vejez o invalidez.
¿Qué es el auxilio funerario?:
El auxilio funerario de Colpensiones es una prestación económica que cubre los gastos de entierro de un afiliado o pensionado, pagada a quien demuestre haberlos sufragado. El valor equivale al último salario base de cotización o mesada pensional, con un rango entre 5 y 10 SMMLV. El plazo para reclamarlo es de un año tras el fallecimiento.
¿Cómo solicitar el beneficio?
El proceso para reclamar esta prestación ante la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) es estrictamente presencial en sus puntos de atención, aunque el trámite comienza con la descarga de documentos digitales. Los pasos principales incluyen:
- Descarga de formularios: Obtener el formato de “Solicitud de prestación económica - Auxilio Funerario” y el “Formato Cuenta Pago”.
- Asesoría y radicación: Presentar el documento de identidad original en cualquier Punto de Atención Colpensiones (PAC) a nivel nacional para recibir orientación y entregar la documentación requerida.
- Notificación y cobro: Una vez analizada la solicitud, será notificado del acto administrativo para proceder al cobro de la prestación.
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¿El auxilio funerario en Colpensiones prescribe si no lo reclama?
El auxilio funerario de Colpensiones prescribe al cumplirse un año de la fecha de fallecimiento del afiliado o pensionado. Si no se radica la solicitud con la documentación de los gastos funerarios dentro de este plazo, se pierde el derecho a reclamar esta prestación económica.
¿Cómo radicar solicitud en 2026?
Este trámite se realiza principalmente de forma presencial en los Puntos de Atención de Colpensiones a nivel nacional o virtualmente a través de la sede electrónica de Colpensiones. Le contamos cuáles son los documentos que necesita:
- Formato de Solicitud de Prestaciones Económicas (Auxilio Funerario).
- Registro Civil de Defunción del afiliado/pensionado (con vigencia no mayor a 3 meses).
- Factura original de gastos funerarios con sello de “cancelado”, indicando nombre de quien pagó y detalle de servicios.
- Copia del documento de identidad del solicitante.
- Certificación bancaria del solicitante.
Si desea hacer la radicación de forma presencial puede dirigirse a un PAC con cita previa, donde podrá recibir asesoría para la radicación.
Si por otra parte lo desea hacer de forma virtual puede ingresar a la oficina virtual de Colpensiones, en la opción transaccional, luego buscar la opción “Trámites de reconocimiento” y finalmente “Auxilios funerarios”, allí tendrá la opción de verificar cómo hacer el procedimiento.
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Bogotá
Marylin León
Comunicadora Social y Periodista egresada de...Comunicadora Social y Periodista egresada de la Universidad Santo Tomás. Hace parte de Caracol Radio y el equipo de Gestión de Contenidos como productora desde hace más de 5 años. Ha manejado fuentes de salud, educación, medio ambiente y actualmente cubre temas culturales y se especializa en música.