Apartan a magistrado Ibáñez de la discusión del decreto de emergencia económica
El magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar radicó la solicitud de impedimento el viernes 23 de enero de 2026.

Magistrado Jorge Enrique Ibáñez.. Foto: Corte Constitucional
La Sala Plena de la Corte Constitucional, por unanimidad, aceptó el impedimento presentado por el magistrado Jorge Enrique Ibáñez y lo retira de la discusión frente a los decretos de emergencia económica
El magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar radicó la solicitud de impedimento el viernes 23 de enero de 2026, en su condición de presidente de la Corte Constitucional. En el escrito, indicó que su petición se sustentaba en lo dispuesto en el artículo 25 del Decreto 2067 de 1991, que establece como causal de impedimento el hecho de “haber conceptuado sobre la constitucionalidad de la disposición acusada”.
De acuerdo con lo expuesto, el magistrado pidió a la Sala Plena que examinara si su actuación, en el contexto de sus funciones institucionales, podía subsumirse en dicha causal. En particular, señaló que, en su calidad de presidente y vocero de la Corte Constitucional, concedió varias entrevistas a medios de comunicación en las que se refirió al trámite que debía surtir la corporación frente a los decretos expedidos durante el estado de emergencia económica y social.
Según se indicó en el documento, estas intervenciones se produjeron en los meses de diciembre de 2025 y enero de 2026, a solicitud de distintos periodistas y con el propósito de informar a la opinión pública sobre el procedimiento aplicable al control automático de constitucionalidad de los decretos legislativos.
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