Radio en vivo

6AM W

Programas

“Un terreno inexplorado”: Procurador explica posible suspensión del decreto de emergencia económica

Gregorio Eljach, Procurador General, señaló que la figura de la suspensión provisional de leyes no es una creación de la Constitución ni del legislativo,

“Un terreno inexplorado”: Procurador explica posible suspensión del decreto de emergencia económica

En entrevista con 6AM W de Caracol Radio, el Procurador General de la Nación, Gregorio Eljach, abordó la compleja cuestión de la viabilidad de la suspensión provisional del decreto de emergencia económica emitido por el gobierno de Gustavo Petro. La discusión se centró en la naturaleza de esta figura legal y su aplicación en el contexto de una ley materialmente hablando, como lo es un decreto de emergencia.

Las diferencia entre las figuras de suspensión

Desde una perspectiva académica, el Procurador enfatizó la necesidad de “ser muy cuidadosos” con la figura de suspensión. Hizo una distinción crucial entre la suspensión provisional de un acto administrativo, que se aplica en el ámbito contencioso (tribunales o Consejo de Estado), y la suspensión de una ley, como el decreto de emergencia. Este último, al provenir de facultades constitucionales del presidente, presenta un escenario diferente. La suspensión de una ley, que es una medida previa al juicio, no es lo mismo en sede de constitucionalidad que en sede de contencioso.

El Procurador señaló que la figura de la suspensión provisional de leyes no es una creación de la Constitución ni del legislativo, sino que emana de una jurisprudencia única. Esta jurisprudencia, según explicó, surgió en un momento en que se acordó que “para el futuro la corte podría” aplicar dicha figura. Sin embargo, el Procurador destacó que esta figura “no se ha estrenado” y fue creada en un “momento de iluminación jurídica” por parte de la Corte Constitucional.

Lea más: Magistrado Camargo pide frenar provisionalmente efectos de la emergencia económica

Esta figura “no se ha estrenado”

El Procurador señaló que la figura de la suspensión provisional de leyes no es una creación de la Constitución ni del legislativo, sino que emana de una jurisprudencia única. Esta jurisprudencia, según explicó, surgió en un momento en que se acordó que “para el futuro la corte podría” aplicar dicha figura. Sin embargo, el Procurador destacó que esta figura “no se ha estrenado” y fue creada en un “momento de iluminación jurídica” por parte de la Corte Constitucional.

Lea también: Procurador Eljach habló en 6 AM W: Elecciones, emergencia económica, Fundación San José y paz total

La postura de la Procuraduría aún no se revela

En cuanto a la postura de la Procuraduría, el Procurador indicó que aún no puede revelar el concepto oficial antes de que las partes involucradas lo conozcan. Subrayó que considera una “grosería” que se sepa la opinión de la Procuraduría sin que los directamente afectados estén informados. Informó que se está preparando un estudio exhaustivo, para el cual ha conformado un equipo de nueve expertos colombianos de alto nivel, quienes están colaborando ad honorem y ad hoc para orientar el enfoque del tema. El Procurador afirmó que, en su responsabilidad, dirá lo que tenga que decir “con toda claridad”.

El Procurador también compartió su perspectiva personal, fruto de años de debate académico. Se ha declarado defensor de la soberanía del Congreso y ha criticado cómo, en otras épocas, la Corte Constitucional se ha “autoempoderado” y ha declarado cosas que no están en la Constitución. Mencionó como ejemplo la figura de la sustitución de la Constitución, que es de creación jurisprudencial y que, a su juicio, ha “vaciado de contenido la actividad política en el mejor sentido del Congreso de la República”, haciendo “casi imposible reformar la Constitución”.

Escuche la entrevista completa en 6AM W de Caracol Radio:

Procurador Gregorio Eljach habla en 6AM W

Escuche Caracol Radio EN VIVO:

Bogotá