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Entra en vigor nueva normativa sanitaria para bebidas alcohólicas en Colombia

El INVIMA explicó que uno de los grandes cambios es que se elimina la BPM.

Entra en vigor nueva normativa sanitaria para bebidas alcohólicas en Colombia

Entra en vigor nueva normativa sanitaria para bebidas alcohólicas en Colombia / Junjira Konsang / EyeEm

A partir del próximo 14 de enero, comenzará a regir en Colombia el Decreto 1083 de 2025, con el que el Gobierno Nacional actualiza la normativa sanitaria para la producción, importación y comercialización de bebidas alcohólicas, con el propósito objetivo de reducir cargas regulatorias innecesarias y adoptar un enfoque basado en riesgo, sin afectar la protección de la salud pública.

El INVIMA explicó que el nuevo decreto modifica disposiciones vigentes contenidas en los decretos 1686 de 2012, 162 de 2021 y 1366 de 2020, introduciendo cambios clave para productores nacionales, importadores y microempresarios.

Uno de los principales ajustes es la eliminación de la certificación obligatoria en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) como requisito para obtener el registro sanitario de bebidas alcohólicas, tanto nacionales como importadas.

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No obstante, el Invima aclaró que la implementación de las BPM sigue siendo obligatoria, aunque su certificación será ahora de carácter voluntario.

En el caso de los productores nacionales, durante el trámite de registro sanitario deberán presentar un concepto sanitario emitido por la autoridad competente, el cual podrá ser favorable o favorable con requerimientos.

Para las bebidas alcohólicas importadas, el decreto mantiene la exigencia del Certificado de Venta Libre (CVL) vigente, expedido por la autoridad sanitaria del país de origen, como respaldo del cumplimiento de los requisitos sanitarios.

La norma también contempla un régimen de transición

Los certificados de BPM otorgados previamente por el Invima tendrán una vigencia adicional de dos años contados desde la entrada en vigor del decreto. En el caso de los microempresarios, esta ampliación será de cinco años, en línea con un enfoque de gradualidad y proporcionalidad.

Adicionalmente, para este sector se elimina el requisito de certificación en BPM para el amparamiento de bebidas alcohólicas, siempre que correspondan a la misma clasificación y se comercialicen bajo una misma marca.

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