Prender velitas en el conjunto residencial le puede salir caro: ojo a las multas y sanciones
El 7 de diciembre se lleva a cabo la tradicional celebración; tenga en cuenta las siguientes recomendaciones para evitar problemas ese día.
Prender velitas en el conjunto residencial le puede salir caro: ojo a las multas y sanciones. Foto: Getty Images / AnaMuraca
La llegada del Día de las Velitas marca el comienzo de la temporada decembrina para los colombianos. Esta festividad se celebra en familia en todos los lugares del país, con diferentes matices regionales, pero conservando siempre los faroles y las velas como el centro de la alegría.
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Aunque muchas personas prenden las velitas en los andenes y las entradas de las casas, hay quienes residen en conjuntos residenciales y propiedades horizontales. Estos ciudadanos también pueden reunirse y disfrutar de la llegada de las festividades decembrinas; sin embargo, deben estar atentos a las normas de convivencia de estos espacios.
¿Se pueden poner velitas y faroles en los conjuntos residenciales?
El uso de los espacios compartidos (jardines, zonas verdes, fachadas) durante las festividades puede generar conflictos entre las personas que los habitan. Particularmente, esto podría presentarse durante fechas como el Día de las Velitas, en las cuales las familias se reúnen en los lugares comunes, colocando elementos como adornos, luces o faroles en el entorno de sus casas.
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Es por ello que lo más recomendable es solicitar el permiso correspondiente ante la administración, para así evitar malos ratos con los vecinos y autoridades.
Aunque se trata de una actividad cultural, que hace parte de la tradición decembrina, la ley faculta a los órganos de administración para imponer multas y sanciones, en casos en los que se lleven a cabo estas actividades sin el permiso correspondiente y lleguen a generarse inconvenientes.
¿Qué multas puede haber por prender velitas en un conjunto residencial?
Aunque no menciona específicamente el Día de las Velitas, la legislación colombiana sí dedica un capítulo aparte a la regulación de la convivencia en las propiedades horizontales. Dicha reglamentación se encuentra en la Ley 675 de 2001 (Ley de Propiedad Horizontal), la cual determina las posibles sanciones a las que se podrían enfrentar los propietarios.
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En ese sentido, el capítulo 59 de la citada norma menciona que el incumplimiento de estas reglas puede representar una multa económica que puede llegar a superar los $ 416.000 en la actualidad. De igual manera, vale tener en cuenta que estas sanciones deben seguir un conducto regular, permitiendo que el propietario pueda argumentar y hacer sus descargos.