¿Los hijos se quedan con las deudas de los padres cuando ellos fallecen?: esto dice la Ley
La ley establece en qué casos una persona hereda o no las deudas que deja un fallecido. Conozca qué dice al respecto.
Deudas que se heredan Foto: Getty Images
Antes de fallecer, algunas personas deciden repartir sus bienes entre sus hijos o sus seres queridos con el propósito de que ellos puedan darles un buen uso más adelante. Sin embargo, hay una incógnita que surgido con respecto a las deudas que ellos dejan y si estas también pasarán a manos de sus herederos.
En estos casos, la ley en Colombia contempla la figura de la sucesión de bienes, donde aquellas posesiones, derechos y obligaciones que estaban a nombre del fallecido pasarán a manos de sus familiares. Esto también incluye sus pasivos, es decir, las deudas que el titular haya dejado en vida.
¿Cómo funciona el proceso de sucesión de bienes?
Según explica el Ministerio de Justicia, una persona en Colombia hereda el patrimonio que dejó la persona fallecida, lo que significa que recibe tanto sus bienes como sus deudas. En el caso de estas últimas, se repartirán en la misma proporción entre quienes ahora asumen las obligaciones que deja el difunto. Por ejemplo, si son dos personas, a cada una le corresponde el 50 %.
Por otra parte, si se presenta una herencia como sucesor forzoso, el orden queda establecido de la siguiente manera:
- Descendientes (hijos o nietos)
- Ascendientes (Padres, incluso adoptivos)
- Cónyuge
- Hermanos
- Sobrinos
En caso de que no exista un heredero descrito en el orden anteriormente mencionado, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) se hará cargo de las deudas que el fallecido haya dejado.
¿Qué deudas se pueden heredar en Colombia?
En Colombia, hay una serie de deudas que se pueden heredar en caso de que el titular haya fallecido. Estas son:
- Deudas bancarias: Incluye préstamos personales, hipotecas, líneas de crédito y saldos pendientes en las tarjetas de créditos.
- Deudas fiscales: Aplican los impuestos del Gobierno que la persona debía antes de su fallecimiento, así como los derivados de las entidades públicas.
- Facturas médicas: Los herederos también pueden asumir las facturas médicas que el titular haya dejado en vida.
- Préstamos estudiantiles: Hay algunos préstamos que quedan condonados si el solicitante fallece. Sin embargo, otros pasan a ser obligación de sus herederos.
- Deudas con particulares: Si una persona tenía deudas con amigos o familiares al momento de fallecer, sus herederos también pasan a asumirlas siempre y cuando estas se puedan comprobar legalmente.
¿En qué casos un heredero no debe asumir la deuda?
Si bien la ley señala que los herederos se quedan con las deudas que deje una persona al momento de su deceso, hay algunos casos en los que ellos no deben asumirlas. Esto únicamente sucede si decide renunciar a la herencia o también si accede a un beneficio de inventario.
Este último, exime a quien recibe las deudas de cualquier pago si el valor total de estas llegan a sobrepasar la suma que heredará. De esta manera, se le garantizará al heredero una protección de su patrimonio personal.
“Cuando son varios los herederos, los unos quieren aceptar con beneficio de inventario y los otros no, todos ellos serán obligados a aceptar con beneficio de inventario”, explica el Ministerio de Justicia.