Incluir el tiempo del servicio militar para pensión: Proceso para solicitarlo y tiempo que aporta
Esta es la forma en la que puede incluir su servicio militar dentro de la cotización a pensión.
Incluir el tiempo del servicio militar para pensión: Proceso para solicitarlo y tiempo que aporta
En Colombia, miles de ciudadanos desconocen que el tiempo que dedicaron al servicio militar obligatorio puede ser clave para acumular semanas de cotización y acceder más rápido a una pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes. Este beneficio aplica tanto para quienes están afiliados al Régimen de Prima Media (Colpensiones) como para los afiliados a fondos privados de pensiones.
¿Se puede contar el servicio militar para la pensión?
La Ley 100 de 1993, que regula el Sistema General de Pensiones, reconoce que el periodo de servicio militar obligatorio puede sumarse como tiempo trabajado. Esto significa que ese lapso se contabiliza dentro de las semanas necesarias para obtener una pensión, siempre y cuando el ciudadano acredite formalmente que prestó servicio a las Fuerzas Militares o a la Policía Nacional.
Para muchos exsoldados, este tiempo puede representar entre 12 y 18 meses adicionales, lo que equivale a hasta 78 semanas que podrían ser determinantes para completar los requisitos exigidos por Colpensiones o las AFP.
Con la Nueva Reforma Pensional, el tiempo de servicio militar prestado en Colombia ahora se reconoce expresamente como experiencia laboral válida (Artículo 45A). Se establece que el certificado militar será equivalente a un certificado laboral. Esto no es un cambio directo al cómputo pensional, sino un beneficio adicional en el ámbito de empleabilidad, pero refuerza el valor del tiempo de servicio.
Paso a paso para incluir el tiempo del servicio militar
El procedimiento no es automático; el interesado debe seguir una serie de pasos ante el Ministerio de Defensa Nacional y su respectiva administradora de pensiones.
El primer paso consiste en obtener un documento oficial que confirme el tiempo exacto que el ciudadano sirvió a la Nación. Esta certificación se solicita ante el Ministerio de Defensa y debe incluir:
- Fechas de ingreso y salida del servicio.
- Unidad o batallón donde prestó servicio.
- Tipo de servicio (obligatorio o voluntario).
- Número de contingente, si lo recuerda.
- Copia de la cédula de ciudadanía.
- En lo posible, copia de la libreta militar o tarjeta de conducta, que facilitan la verificación.
Si el servicio se prestó antes del año 2001 o el interesado fue oficial, suboficial o civil vinculado al Ministerio de Defensa, puede tramitar el Certificado Electrónico de Tiempos Laborales (CETIL) en el Archivo General de esa cartera.
Una vez tenga la certificación en mano, debe adjuntarla a su solicitud de pensión cuando cumpla los requisitos de edad y semanas cotizadas. Tanto Colpensiones como los fondos privados son responsables de validar la información y sumar las semanas acreditadas al historial laboral del afiliado.
Es importante tener en cuenta que este tiempo solo se contabiliza cuando se solicita la pensión, no inmediatamente después de haber terminado el servicio militar.
¿Cuánto tiempo se reconoce por el servicio militar?
La duración depende del periodo exacto que el ciudadano haya servido, pero en la mayoría de los casos el servicio militar obligatorio dura entre 12 y 18 meses, lo que equivale a 52 a 78 semanas reconocibles para pensión.
Este tiempo se suma al historial de cotizaciones, y los aportes correspondientes corren a cargo de la Nación o del Ministerio de Defensa, que debe trasladar los recursos equivalentes al sistema pensional.
Para quienes están cerca de cumplir la edad de jubilación, sumar el tiempo del servicio militar puede marcar la diferencia entre alcanzar o no las semanas necesarias. Además, puede aumentar el monto de la mesada o permitir acceder antes a la pensión.