Radio en vivo

Actualidad

¿Qué dice la Reforma Laboral de los festivos? Principal cambio, según Ley 2466

La Reforma Laboral incrementa progresivamente el recargo por trabajo en domingos y festivos. Le explicamos cómo funciona:

¿Qué dice la Reforma Laboral de los festivos? Principal cambio, según Ley 2466 / aire images

La reforma laboral en Colombia, identificada como la Ley 2466, entró en vigencia el pasado 25 de junio de 2025, fecha de su publicación oficial.

Lea también:

De acuerdo con el texto oficial, la nueva ley no elimina los días festivos, sino que incrementó progresivamente el recargo por trabajar fines de semana y días festivos hasta llegar al 100%. Desde julio del presente año inició el reconocimiento del 80% y alcanzará el 100% en 2027, reemplazando el 75% actual.

  • 1 de julio del 2025 subiría al 80%
  • 1 de julio del 2026 pasaría al 90%
  • 1 de julio del 2027 al 100%

Este aumento reconoce de manera más justa el tiempo de descanso del trabajador colombiano, y se aplica al trabajo realizado en días de descanso obligatorio. El empleador y el trabajador podrán convenir por escrito que su día de descanso sea distinto al domingo, y en caso de que las partes no la hagan expresamente en el contrato u otro sí, se presumirá como día de descanso obligatorio el domingo.

“El empleador y el trabajador o la trabajadora pueden acordar, temporal o indefinidamente, la organización de turnos de trabajo sucesivos, que permitan operar a la empresa o secciones de esta, sin solución de continuidad durante todos los días de la semana, siempre y cuando el respectivo turno no exceda de seis (6) horas al día y treinta y seis (36) a la semana”, dice el Artículo 161.

En este caso no habrá lugar a recargo nocturno ni al previsto para el trabajo dominical o festivo, pero el trabajador devengará el salario correspondiente a la jornada ordinaria de trabajo.

Según explicó el Ministerio de Trabajo la implementación progresiva de este ajuste permitirá a las empresas adaptarse en sus jornadas laborales, cumpliendo con los derechos de los trabajadores. Este aumento se reconocerá sobre el salario ordinario del trabajador en proporción a las horas laboradas.

Días festivos y de descansos

Ahora bien, la reforma refuerza la regla de que solo se paga un recargo si el día de descanso obligatorio coincide con un festivo, como ya funcionaba bajo la Ley 789 de 2002. En este caso, el trabajador solo tiene derecho a un solo recargo del 100%.

Valor de recargo en días festivos o de descanso en 2025

Como ya se mencionó, para este 2025 el recargo es del 80% sobre el salario ordinario. El cálculo se realiza de la siguiente manera:

  • Se obtiene el valor de la hora ordinaria de trabajo del empleado. 
  • Se le suma el 80% a este valor para obtener el valor de la hora laborada en el día festivo. 
  1. Fórmula: Hora festiva = Hora ordinaria + (Hora ordinaria × 80%). 
  2. Alternativamente: Hora festiva = Hora ordinaria × 1,80

Las personas que deseen calcular los recargos dominicales, festivos y nocturnos deben tener en cuenta los siguientes aspectos.

El recargo festivo no se suma directamente al de horas extras;si se trabaja una hora extra diurna en festivo, se paga el recargo por hora extra diurna (25%) y el recargo dominical o festivo (80%).

  • Valor de la hora ordinaria: dividir el salario básico mensual entre el número de horas promedio que se trabajan al mes.
  • Recargo nocturno: aplicar un porcentaje adicional al valor de la hora ordinaria que para el 2025 es del 35%.
  • Recargo dominical o festivo: aplicar el porcentaje adicional que en el 2025 es del 80% y que irá aumentando de manera progresiva hasta el 100% en 2027.
  • Hora extra diurna: aplicar un recargo del 25% sobre el valor de la hora ordinaria.
  • Hora extra nocturna: aplicar un recargo del 75% sobre el valor de la hora ordinaria.

Conviene reiterar que, la reforma no elimina los 18 días festivos remunerados que existen en Colombia. La Ley 51 de 1983, o Ley Emiliani, que traslada algunos festivos al lunes, no es afectada por esta reforma del gobierno de Gustavo Petro.

Otros puntos claves de la jornada laboral

  1. Refuerza la obligación de contratar formalmente a trabajadoras y trabajadores del servicio doméstico.
  2. A los estudiantes de carreras en salud, durante su internado, se les deberá reconocer un salario mínimo legal mensual.
  3. Se establece que la jornada nocturna inicia a las 7:00 p. m., y desde esa hora aplica el respectivo recargo.
  4. Se elimina el pago por horas: el salario mínimo será el punto de partida para cualquier relación laboral.
  5. El contrato a término indefinido se establece como la forma general de vinculación laboral.
  6. Las aplicaciones de reparto deberán garantizar el pago de seguridad social y ARL a sus trabajadores