Combatientes víctimas de violencia sexual podrían ser reconocidos como “persona protegida”
La Corte Constitucional avanza con una audiencia pública por una demanda de inconstitucionalidad.

Disidencias de las Farc en Colombia. Foto: Getty Images. / JOAQUIN SARMIENTO
JUSTICIA
Este 12 de agosto la Corte Constitucional convocó a una audiencia pública en el marco de una demanda de inconstitucionalidad que contra el concepto de “persona protegida” contenida en el Código Penal en tanto que en el listado de dicha protección especial, no aparecen los y las combatientes que han sufrido violencia sexual en sus grupos armados.
Para esta audiencia, la Corte convocó a la Corte Suprema de Justicia, a la Defensoría del Pueblo, al ICBF, a la JEP y a otras entidades para que rindieran su concepto. Asimismo, fue llamada la demandante Natalia María Springer.
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Sobre este tema la demandante aseguró que retirar esa expresión de “persona protegida” es un contundente mensaje de que en Colombia todas las personas serán protegidas en caso de presentarse violencia sexual.
“La violencia sexual y reproductiva en todas sus formas debe estar protegida”, indicó Springer ante la Sala Plena de la Corte Constitucional.
Defensora del Pueblo estremece con desgarrador relato
La intervención de la defensora del Pueblo, Iris Marín, inició con la historia de una combatiente que fue reclutada cuando era menor de edad y mientras estuvo en la gurrilla fue obligada a abordar en dos oportunidades.
“Fue reclutada desde los 13 años de edad en la zona rural de Cúcuta por el ELN. Uno de los comandantes la perseguía y a los seis meses la violentó sexualmente. Quedó embarazada. En su narración, dijo que fue sometida a un aborto forzado en medio de la selva, de forma cruel y dolorosa. Una infección por la falta de asepsia casi termina con su vida”, comentó la defensora.
A raíz de este relato y de muchos otros en la guerra colombiana, la denfensora pidió que se declarara inexequible el término “persona protegida” para proteger a todas las personas que han sido víctimas de violencia sexual dentro o fuera de las filas de los grupos armados ilegales.
Corte Suprema de Justicia
Por su parte, la presidenta de la Sala Penal, Miryam Ávila, indicó que no se debería tumbar dicha expresión de persona protegida sino que se debería declarar parcialmente exequible, al considerar que en cuestiones penales tambien se puden recurrir a dispocisiones internacionales como el Derecho Internacional Humanitario.
“No tendría el suficiente sustento, como ya lo he manifestado, pero además de una gran inconveniencia, una declaratoria de inexequibilidad, porque desarticularía y desvirtuaría de manera muy significativa estos tipos penales que están construidos a la luz del derecho internacional humanitario", indicó la magistrada.




