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Fuerza Ciudadana, partido de Carlos Caicedo, envío terna a Petro para elegir gobernador de Magdalena

El también exgobernador de ese departamento postuló a tres mujeres, quienes ya han trabajado con la gobernación

Carlos Caicedo, exgobernador de Magdalena. Foto: Colprensa - Álvaro Tavera

Carlos Caicedo, exgobernador de Magdalena. Foto: Colprensa - Álvaro Tavera

Carlos Caicedo, exgobernador de Magdalena. Foto: Colprensa - Álvaro Tavera

Colombia

El exgobernador de Magdalena y líder del movimiento político Fuerza Ciudadana, Carlos Caicedo, envió una carta al presidente Gustavo Petro en la que postuló tres nombres para elegir al gobernador encargado de ese departamento.

La misiva enviada por Caicedo al jefe de estado responde a la decisión del Consejo de Estado de dejar en firme la destitución de Rafael Martínez, quien también hace parte del movimiento Fuerza Ciudadana, como gobernador de Magdalena.

Estos son los nombres que componen la terna enviada al presidente Petro

Ingris Padilla, secretaria del Interior del Magdalena y quien recientemente ya asumió la gobernación en encargo, Denis Rangel, secretaria de Hacienda de la gobernación y Jenny Camacho, jefe de la oficina de contratación.

Según argumenta Caicedo en el documento, “en los comicios territoriales del 29 de octubre de 2023, el señor RAFAEL ALEJANDRO MARTÍNEZ fue elegido como Gobernador del Magdalena para el periodo 2024–2027, con el aval del movimiento político Fuerza Ciudadana, obteniendo una contundente victoria de 307.089 votos sobre el total de 563.083 votos válidos, esto es, más del 50% de la votación, según el Formulario E-26 del 26 de noviembre de 2023”.

Explica además que Fuerza Ciudadana está registrad ante el Consejo Nacional Electoral como “movimiento político sin personería jurídica, en proceso de liquidación, representado legalmente por el suscrito, Carlos Eduardo Caicedo Omar, según la Resolución No. 04044 del 31 de julio de 2024 del CNE”.

Agrega el exgobernador del Magdalena que “la jurisprudencia electoral y constitucional ha sido reiterativa en señalar que la personería jurídica no es un requisito de existencia de los partidos y movimientos políticos, pues ello implicaría supeditar su existencia a un reconocimiento estatal, en contradicción con su naturaleza como expresión del derecho fundamental de asociación y participación política”, e insiste en que “así lo ha sostenido la Corte Constitucional desde la sentencia C-089 de 1994 hasta la sentencia de unificación SU-361 de 2021”.

Se espera ahora también que se convoque a unas elecciones atípicas en el departamento para elegir al nuevo gobernador o gobernadora.

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