¿Plazo para apelar comparendos de tránsito pasaría de 3 a 15 días?: Esto proponen desde el Congreso
La iniciativa que deberá superar cuatro debates en el Congreso para convertirse en ley, fue radicada por el representante Juan Carlos Lozada

Descuento del 80% en el pago de comparendos de tránsito // Foto: Getty Images / bymuratdeniz
Colombia
Tras el inicio de una nueva legislatura en el Congreso sigue la ‘radicatón’ de proyectos de ley. A propósito, el representante del Partido Liberal, Juan Carlos Lozada, presentó una iniciativa que busca ampliar el plazo para impugnar los comparendos de tránsito.
Según explicó el congresista, la propuesta consiste en que el plazo de apelación pase de tres a 15 días, con el objetivo de que los ciudadanos afectados puedan acceder al recurso de objeción de comparendos y así mismo, ampliar las alternativas pedagógicas al pago de las multas.
“La ampliación de los plazos para ejercer recursos de objeción, de 3 a 15 días, con el fin de que las personas conozcan los derechos que tienen respecto a los comparendos”.
Así mismo, propone que se elimine el numeral décimo del artículo 183 del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana según el cual no se “permite acceder a la conmutación de la multa tipo 1 y 2, por la participación del programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia, a las personas que transcurridos seis meses desde la fecha de imposición de la multa no hayan realizado el pago”, debido a que argumentan va en contra del fin pedagógico de la norma.
Este proyecto de ley también busca que se fortalezca la plataforma digital de la Policía Nacional para garantizar la publicidad de las medidas correctivas que se aplican a quienes incurren en infracciones de tránsito y el acceso a la información en todo el país.
De igual modo, indica que se debería establecer la obligación a la policía de realizar un instructivo con el que se informe a la institución sobre las garantías procesales respecto a los comparendos.
Además, propone que se extienda la posibilidad de “sustituir el valor del 50% de las multas tipo 3 y 4 por actividades pedagógicas bajo ciertos requisitos”.
Ahora bien, teniendo en cuenta que este proyecto busca modificar los artículos 180, 183, 219 y 123A de la ley 1801 de 2016, este proyecto debería iniciar su trámite en la Comisión primera de la Cámara de Representantes y superar cuatro debates para poder convertirse en realidad.



