Economía

Plata que se paga por indemnización de despido en Colombia 2025: ¿cambió con nueva reforma laboral?

Ojo, si lo despiden sin causa justa esto es lo que le debe pagar su empleador.

Pago indemnización por despido Reforma Laboral 2025

Pago indemnización por despido Reforma Laboral 2025

La reforma laboral de 2025 (Ley 2466 de 2025)) ha traído nuevos cambios para el campo laboral en el país. Esta fue sancionada el pasado 26 de junio, y su texto contempla algunas modificaciones en cuanto al incremento del monto de la indemnización que recibe un trabajador sin causa justa.

En Colombia, un despido sin justa causa ocurre cuando un empleador termina un contrato laboral de un empleado sin que exista una razón justificada según lo que establece el Código Sustantivo del Trabajo. Esto significa, que el empleador comete una injusticia finalizando la relación laboral.

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Plata que se paga por indemnización de despido en Colombia

Hasta la entrada en vigor de la reforma laboral que hizo su trámite en el Congreso, el cálculo de la indemnización por despido sin justa causa en el país depende de varios factores, principalmente ante el tipo de contrato, el salario del trabajadores y su antigüedad.

En el caso de que se trata de un contrato a término indefinido, si este es inferior a 10 salarios mínimos se debe pagar 30 días de salario por el primer año trabajado y 20 días adicionales por cada año adicional al primero. Si el salario es igual o superior a 10 salarios mínimos, se debe pagar 20 días de salario por el primer año trabajado y 15 días extra por cada año adicional.

En el caso del contrato a término fijo, a indemnización equivale a los salarios correspondientes al tiempo que reste para la finalización del contrato. Por ejemplo, si al trabajador le faltan tres meses para que termine su contrato, el empleador deberá pagarle el equivalente a ese periodo de salario.

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¿Cambió con la nueva reforma laboral de 2025?

No realmente. La Reforma Laboral de 2025 (Ley 2466 de 2025) planteaba un incremento en el monto de las indemnizaciones por despido sin justa causa. Sin embargo, estos apartados no fueron aprobados en el debate que se llevó a cabo en el Congreso de la República.

De igual forma, aquí le explicamos lo que decía el texto original. Pero recuerde que esto ya no es aplicable. En específico, indicaba que, si hay una terminación unilateral por parte del trabajador, este deberá hacer estas respectivas indemnizaciones:

  • En cuanto a los contratos a término fijo, la indemnización debe ser el mismo valor de los salarios correspondientes al tiempo que falte para cumplir el plazo estipulado del contrato o el de su prórroga. En ningún caso, según la ley, la indemnización será inferior a cuarenta y cinco días de salario.
  • En los contratos por trabajo o por duración de la obra, la indemnización corresponde al tiempo que le falta para completarse la obra o labor contratada. En este caso, tampoco puede ser menor la indemnización a cuarenta y cinco días de salario.
  • Para los colombianos que tienen contratos a término indefinido la indemnización se pagará con una correspondencia de 45 días de trabajo si este lleva un año en la empresa, y si tuviese más de un año de antigüedad, se le pagan 45 días adicionales del salario por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero.

Es crucial reiterar que aunque estos apartados estaban contemplados en el texto original, estos mismos no fueron aprobados por el legislativo durante el debate de la reforma laboral. Por lo que la legislación colombiana queda exactamente igual a como se tenía contemplado.

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