Bogotá

Juez falló a favor de la secretaría de Movilidad de Bogotá en polémica por imposición de cepos

La decisión negó la acción de cumplimiento presentada por el concejal Julián Forero por presuntas irregularidades en el momento de la inmovilización de vehículos.

Concejal Julián Forero había denunciado  presuntas irregularidades en el momento de la inmovilización de vehículos.

Concejal Julián Forero había denunciado presuntas irregularidades en el momento de la inmovilización de vehículos.

Desde la Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá confirmaron el Juzgado 27 Administrativo del Circuito de Bogotá, mediante fallo del 29 de abril de 2025, negó la acción de cumplimiento presentada por el concejal Julián Forero Castelblanco, quien solicitaba que se ordenara a la entidad cumplir la Ley 769 de 2002 y la Resolución 108541 de 2021 en lo referente a retener los vehículos en zonas de parqueo pago con la instalación de cepo sólo con la presencia de agentes de tránsito, según el cabildante, por la negativa de la Entidad a cumplir lo dispuesto en las normas enunciadas.

Según la Secretaría de Movilidad, el juez determinó que “Examinadas las normas supuestamente desobedecidas y el acervo probatorio, se concluye que no se evidencia el desacato alegado por el actor”, no existe incumplimiento por parte de la Secretaría, dado que la norma citada por el Concejal solo aplica a los vehículos estacionados en zonas prohibidas. En estos casos, y conforme a la normatividad vigente, la inmovilización mediante cepos requiere la presencia de una autoridad de tránsito. En el caso de las zonas de parqueo pago, donde el estacionamiento está regulado mediante ley, acuerdos distritales y contratos, las normas citadas como incumplidas no son exigibles con relación a la presencia de autoridad de tránsito para instalación del cepo ya que sólo son obligatorias para las zonas prohibidas.

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