Economía

¿Quiénes tienen derecho a devolución del IVA con la DIAN por materiales para construir? Requisitos

Conozca todos los detalles de este beneficio que se puede recibir realizando el trámite ante la DIAN.

Devolución del IVA con la DIAN por materiales para construir - Getty Images y DIAN

Devolución del IVA con la DIAN por materiales para construir - Getty Images y DIAN

De acuerdo con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, en Colombia existe un programa en el que los constructores que desarrollen proyectos de construcción de vivienda de interés social (VIS) y vivienda de interés prioritario (VIP) pueden solicitar la devolución del IVA por la adquisición de materiales para la construcción, sin importar la manera contractual en la que desarrollaron el proyecto.

Este programa se conoce como ‘Devolución o compensación del IVA pagado en adquisición de materiales para construcción de vivienda de interés social’ y como su nombre lo indica, busca que haya una retribución del impuesto del IVA pagado en la compra de los materiales de construcción.

Los constructores deberán realizar una solicitud cumpliendo con todos los requisitos establecidos por la DIAN para hacer la reclamación del IVA, los plazos con los que cuenta, el tiempo de respuesta de la entidad y todos los detalles del paso a paso para iniciar el proceso de devolución.

Quién puede recibir la devolución de IVA por materiales de construcción

De acuerdo con el parágrafo 2 del artículo 850 del Estatuto Tributario, las personas que tiene derecho a recibir esta compensación del IVA son: “tendrán derecho a la devolución o compensación del impuesto al valor agregado, IVA, pagado en la adquisición de materiales para la construcción de vivienda de interés social y prioritaria, los constructores que los desarrollen”.

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Para aplicar a este beneficio, los proyectos deben cumplir con lo establecido en el capítulo 26 del Decreto 1625 del 2016, que establece que la vivienda de interés social y prioritaria debe cumplir con los estándares de calidad en diseño urbanístico, arquitectónico, y de construcción y su valor consignado en la escritura de compraventa no podrá exceder valor máximo establecido en “las normas que regulan la materia”.

¿De cuándo es la devolución?

De acuerdo con la DIAN, “el monto de la devolución o compensación correspondiente al proyecto total no podrá exceder el 4% del valor de la vivienda nueva”. Si el valor de la solicitud supera este porcentaje del valor que se encuentra consignado en las escrituras de venta o en la resolución de transferencia de dominio del inmueble nuevo, el mayor valor solicitado será rechazado.

Paso a paso para realizar la solicitud

1. Lo primero que debe hacer es reunir los documentos necesarios, estos incluyen:

  • Formulario ‘Solicitud de Devolución y Compensación’ de la DIAN completamente diligenciado,
  • La relación de las facturas de compra de los materiales.
  • Constancia firmada por revisor fiscal que confirme que el valor solicitado para la devolución no ha sido aumentado.
  • Relación de números de matrícula inmobiliaria que correspondan a los inmuebles respecto de los cuales será presentada la solicitud.
  • Certificación donde conste que no se ha realizado devolución y/o compensación por la compra de materiales
  • Certificación de terminación del proyecto.

2. Una vez tenga estos documentos, deberá agendar una cita previa en caso de encontrarse en ciudades como Medellín, Bogotá o Cali.

3. Finalmente, deberá radicar los documentos a través del buzón de la dirección seccional de la DIAN.

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