Quiénes están obligados a cotizar en Colpensiones en 2025: Tope salarial, según nueva reforma
Le contamos todo lo que debe saber de los nuevos parámetros de cotización en Colprensiones.
Cotizar en Colpensiones en 2025 es un tema que despierta interés público porque impacta a millones de colombianos. Este sistema responde a la necesidad humana de protección y bienestar en la vejez.
Cabe destacar que es una forma de planificar el futuro para garantizar estabilidad y dignidad en una etapa vulnerable de la vida. La pensión, desde una perspectiva social, busca reducir desigualdades, combatiendo la pobreza y asegurando un ingreso para quienes han trabajado durante años.
Tenga en cuenta que cotizar en Colpensiones es un derecho y una obligación que protege al trabajador al llegar a cierta edad. Asimismo, es un factor determinante al elegir un empleo.
Aportar a pensión es una inversión a largo plazo. Los aportes no solo se acumulan; también generan rendimientos que se traducen en un ingreso asegurado al retirarse.
Es relevante que usted se mantenga informado sobre las reformas constantes del sistema y utilice herramientas como simuladores para planificar mejor su camino a la vejez. La sostenibilidad del sistema y la posibilidad de comparar opciones con fondos privados son temas que merecen su atención.
¿Quiénes deben cotizar?
En una coyuntura asociada a reforma pensional en Colombia, la afiliación a Colpensiones en 2025 introduce cambios en la manera de cotizar y manejar los aportes.
Es por esto que todos los trabajadores colombianos tienen la obligación de cotizar sobre los primeros 2.3 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) de sus ingresos.
De esta manera, una parte de su salario estará destinada exclusivamente a Colpensiones, garantizando así su afiliación al régimen público de pensiones.
¿Cuál es el tope salarial?
El tope salarial establecido para cotizar en Colpensiones es precisamente de 2.3 SMLMV. Esto significa que, independientemente de cuánto gane un trabajador, solo el valor equivalente a estos 2.3 salarios mínimos será la base para calcular sus aportes a este fondo.
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Esta medida busca un equilibrio en la distribución de los recursos y en la sostenibilidad del sistema pensional público.
Es importante considerar que hasta el 16 de enero del 2025 los afiliados a Colpensiones que tienen ingresos salariales por encima de estos 2.3 salarios y que al primero de julio de 2025 tengan menos de 750 semanas cotizadas, en el caso de las mujeres, y menos de 900 semanas cotizadas, en el caso de los hombres, deberán afiliarse a una Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (Accai).
En ese orden de ideas, estarán en Colpensiones y tendrán sus ingresos adicionales en un fondo privado y entrarán a cotizar en un nuevo sistema mixto. Esta opción da flexibilidad al trabajador y le permite combinar los beneficios del régimen público con el privado.
Hay cuatro administradoras privadas como Fondos de Pensiones. No obstante, con la llegada de la Ley 2381 habrá otras instituciones financieras que podrán solicitar la autorización y mientras cumplan con los requisitos legales que se establezcan en la reglamentación para ser Accai, podrán hacerlo.
Finalmente, es relevante que los afiliados estén al tanto de las condiciones y los beneficios de esta nueva estructura, ya que influye directamente en la planeación de su futuro pensional.